Dictamen de Asesoría Técnica 111/2011. Ganancias. Consorcio de cooperación. Resultado Impositivo. Imputación
El fisco determina que la proporción del resultado atribuible a las firmas integrantes de un consorcio de cooperación se considerará devengada al día de cierre de ejercicio del agrupamiento, procediendo en consecuencia las firmas respectivas a incorporar dicho resultado al balance impositivo correspondiente al período fiscal en curso al momento en que el citado cierre de ejercicio haya acaecido. ...
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