Comisión Arbitral – Resolución General (RG) N° 2/13

 


Mediante su Resolución General (RG) N° 2/13, la Comisión Arbitral resolvió que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en el Convenio Multilateral que confeccionen sus estados financieros –con carácter obligatorio u opcional– aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera, deberán utilizar, a los fines de la atribución de los ingresos y gastos en las distintas jurisdicciones, los estados contables confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes para los sujetos no alcanzados por las disposiciones de las Resoluciones Técnicas N° 26 y 29 de FACPCE.

http://www.facpce.org.ar/web2011/Noticias/cencya_rg_2_13.html