Tucumán – Resolución General DGR 49/13. Régimen excepcional de facilidades de pago. Leyes 8.520 y 8.584. Condiciones de adhesión. Obligaciones tributarias vencidas entre el 1/2 y el 30/8/13

 

. Se consideran cumplidas en tiempo y forma hasta el 16/9/13. Obligaciones tributarias vencidas entre el 1/2 y el 31/7/13. Se consideran cumplidas si se adhieren al régimen de facilidades de pago de la Res. M.E. 12/04 -restablecido por Res. M.E. 959/13-....

Nov. Prov. DGR 49