Jubilaciones y pensiones. Obras sociales. Cobertura médico-asistencial. Se ordena a una obra social a mantener o restituir, de forma inmediata, la afiliación y las prestaciones médico-asistenciales de afiliada que obtuvo la jubilación y que desea seguir utilizando los servicios. Boaria Teresa Aidee c/Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación s/amparo, C.N.F.C.C., Sala 6….

JURISPRUDENCIA 5284