Vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización

Informe para Fines Fiscales – F. 780 – F. 760 (RG 992, art. 4º inc. C)

Estados contables cerrados en Enero 2014:

Fechas de vencimiento:

Lunes 14/07

CUIT 0 y 1

Martes 15/07

CUIT 2 y 3

Miércoles 16/07

CUIT 4 y 5

Jueves 17/07

CUIT 6 y 7

Viernes 18/07

CUIT 8 y 9

Con relación a las presentaciones de los IFF legalizados, se recuerda lo siguiente:

- En el F. 760/C se debe consignar el Estado Contable que sirvió de base para la confección del IFF y la fecha de su legalización por parte del Consejo. Este dato es verificado a posteriori con las bases del Consejo, y es un requisito indispensable para se pueda legalizar el IFF. En caso de que en el curso de esta verificación se detecte alguna inconsistencia el Consejo podrá requerir al profesional las aclaraciones del caso.

- Para dar cumplimiento a los acuerdos firmados por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas ante la FACPCE, resulta necesario consignar, en el F. 760/C, el domicilio legal de la empresa. Este puede ser agregado al domicilio fiscal que figura impreso en el formulario, en caso de que ambos domicilios difieran. Si la empresa tuviera sus domicilios legal y fiscal en la misma sede, se deberá agregar la condición de “legal” al domicilio fiscal que se consigna en el formulario.

- SE SOLICITA A LOS COLEGAS MATRICULADOS LA ESPECIAL OBSERVANCIA DE ESTE REQUISITO, PARA EVITAR RECOMENDACIONES AL MOMENTO DE LEGALIZAR.