Monotributo autorización de impresión de comprobantes: ¿Punto de venta nuevo o existente?


Los sujetos exentos o no alcanzados por IVA y los adheridos al Monotributo, deberán habilitar sus puntos de venta a través del servicio “Autorización de Impresión de Comprobantes” opción “ABM de Puntos de Venta” y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el “00000001”, así lo establece el Art. 4 de la RG (AFIP) 3665/2014, pero ¿Que punto de venta debe utilizarse para las nuevas Facturas “C” con CAI?

 

Info. Gral. Monotributo