Honorario de directores. Retención impuesto a las ganancias. R.G. N° 830

 

En caso de pagar honorarios de directores mensualmente, de acuerdo al monto que fue aprobado por la Asamblea de Accionistas, ¿el monto no sujeto a retención se resta únicamente en el primer pago que se hace el primer mes y en los restantes meses directamente se aplica la escala tomando el monto asignado a pagar sin restar monto no sujeto a retención?

 

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