TASA ANUAL IGJ. YA SE PUEDE BAJAR LA BOLETA. RESOLUCIÓN (MJDH) 1962/2015
Se fija el día 14 de octubre de 2015 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual IGJ establecida por el artículo 4 de la decisión administrativa 46/2001. Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7 de la misma
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