Resolución General CNV 647/2015. Valores negociables. Personas humanas. Reinversión. Requisitos Se podrán reinvertir los fondos recibidos por personas humanas en cuentas de custodia locales, en concepto de rentas y acreencias de valores negociables, que sean destinados a la liquidación de compras de valores negociables instruidas por los beneficiarios de los fondos. La reinversión de los fondos desde la cuenta custodia por parte del beneficiario resulte neutra en materia impositiva respecto de la operatoria de acreditación de los servicios en una cuenta a la vista del beneficiario en una entidad financiera y su posterior débito para la compra de valores negociables
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