Resolución General AFIP 3814/15 Comercio Exterior. Destinaciones suspensivas de removido. Registro Se implementa del Código de Producto GS1, de acuerdo a las disposiciones, pautas y lineamientos operativos desde: www.afip.gob.ar/codigoproducto. El importador o exportador que opte por efectuar la declaración aduanera adhiriendo, de tal forma, a la utilización del Código de Producto GS1, quedará alcanzado por lo dispuesto en la presente resolución general. No formará parte de la declaración comprometida aduanera Vigencia: 24/11/2015 Aplicatoriedad: Conforme cronograma AFIP

Nov. Nac. AFIP 3814