Resolución General AFIP 3898/2016. Ganancias. Personas Humanas. Deducciones. Subas. Anticipos. Recálculo Se podrán recalcular lo anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2016, a través del ajuste de la base para la liquidación de los mismos, en función a la incidencia de los incrementos en las deducciones en la Ganancia No imponible, Cargas de familia y otros (Dec 394/2016. BO. 23/02/2016) Procedimiento: Cuentas Tributarias / Reducción de Anticipos / Impuesto “11-Ganancias Personas Físicas” y el período fiscal “20160000” / Decreto 394/16 Modelo de reliquidación de anticipos. Vigencia: 31/05/2016 Plazo opción: 1 al 15/06/2016
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