Resolución MEM 129/2016. Energía. Gas. Ajuste de Precios. Cuadro tarifario. Límites Se precisa que el monto facturado a abonar por consumos realizados a partir del 1 de Abril de 2016, no debe superar una suma equivalente a CINCO (5) y SEIS (6) veces, el monto total de la factura (400% y 500% por ciento) emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior, para usuarios residenciales y categoría Servicio General P, respectivamente (Res. 99/2016)
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