Resolución UIF 92/2016. Sinceramiento Fiscal. Blanqueo. Lavado de Dinero. Gestión de Riesgos. Reporte Se dispone que los Sujetos obligados a informar ante la Unidad de Información Financiera (UIF) (Entidades Financieras, Agentes de Bolsa, Escribanos, Profesionales en CCEE, etc), deberán implementar un sistema de gestión de riesgos acorde al “Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior” Ley 27260. Reporte ROS: operaciones sospechosas, que fueran realizadas por sus clientes hasta el 31/03/2017 en el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal. Fundamentación y descripción. Vigencia: 08/08/2016 al 31/03/2017

UIF 92