El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta comunica a sus profesionales que a partir del 01 de Noviembre de 2018, el cobro de los Honorarios Profesionales para el Contador Público, por las actuaciones clasificadas como Tipo “C”, se deberá realizar a través del sistema de cobro indirecto (RG 3.067).
Los distintos encargos profesionales tipificados como Tipo “C”, en módulos, se clasificarán como tal, teniendo en cuenta el grado de experiencia y conocimiento requerido para la ejecución de una tarea.
Monto de los Recursos Ordinarios
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Experiencia y conocimiento requerido | |||
Desde $ | Hasta $ | ALTO | MEDIO | BAJO |
0 | 500.000 | 75 Módulos | 50 Módulos |
25 Módulos
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500.001 | 1.000.000 | 125 Módulos | 100 Módulos |
75 Módulos
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1.000.001 | 1.500.001 | 175 Módulos | 150 Módulos |
125 Módulos
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1.500.001 | En adelante | 400 Módulos | 250 Módulos |
175 Módulos
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Dentro de los factores que influyen en la determinación del Honorario Mínimo Obligatorio se tendrá en cuenta:
- La naturaleza y complejidad de los trabajos a realizar
- El tiempo a invertir para su realización
- La urgencia en la terminación del mismo
- Las características propias del cliente y la importancia de los intereses en juego
- El nivel de especialización que requiere el tema a tratar y la responsabilidad a asumir
- Los costos de infraestructura y los propios de la tarea a ejecutar
- El grado de experiencia del personal involucrado
Por otra parte informamos que el valor del módulo para los Honorarios Mínimos, es de Pesos Doscientos Cuarenta ($ 240). Fijándose en uno por ciento (1%) en concepto de impuestos y gastos la percepción sobre Honorarios Profesionales a que se refiere el Artículo 49 de la Ley N° 4.582.