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julio

Mercado Nº 1225, 03/20

El planeta enfrenta un serio problema con el agua potable. Pág. 20. Sexto estudio sobre calidad inmobiliaria y de la construcción: El valor de los intangibles. Martínez, Carina. Pág. 34. Repensar el capitalismo:La empresa B redefine el concepto de beneficio. Pág. 98. Tecnologías instaladas y emergentes: Las redes 5G crearán valor en la industria  y [...]
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julio

Espacio de diálogo AFIP – Remitir propuestas hasta el día 27/07/2020 a las 12 hs. – Solicitamos Temas a tratar

Estimados colegas: Nos dirigimos a Uds. en el marco del “Espacio de Diálogo (EDI)”, a fin de solicitar nos hagan llegar hasta el día lunes 27 de julio de 2020 a las 12.00 hs., sugerencias de acuerdo a la clasificación del temario que se adjunta, manteniendo siempre el sentido institucional de las inquietudes, las que [...]
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22

julio

Decreto 605/2020. Coronavirus. Distanciamiento o Aislamiento social preventivo y obligatorio. Disposición. Prórroga VIII Se prorrogan las medidas diferenciales de “Aislamiento o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19”(Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020 y 576/2020) DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (DISPO) Jurisdicciones: Todas las provincias, excepto AMBA, Jujuy y departamentos del Chaco y Buenos Aires. ‍♀‍ Circulación LIBRE: departamento o partido donde residan Excepción. Fuera límites: Certificado Único Habilitante COVID-19 ‍♂‍ Reglas: distancia min 2 mts, tapabocas, higienización, desinfección y protocolos Actividades económicas. Requisito: protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial ‍‍‍ Actividades deportivas, artísticas y Sociales: concurrencia hasta 10 personas Prohibición: clases presenciales, eventos y deportes mayor a 10 personas, Espectáculos, Transporte y Turismo. AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (ASPO) Jurisdicciones: AMBA, Provincias y Departamentos ‍‍‍ Sujetos. Prohibición de circulación: personas que habitan en el país temporariamente Sector público nacional No concurrencia lugares de trabajo: excepto actividad esencial, mayores o cuidad de niños Teletrabajo: obligatorio (cuando sea posible) Extranjeros. Ingreso al país: prohibición Prohibición: clases presenciales, Centros comerciales, Transporte, Espectáculos y Turismo. Excepciones Pre pago Telefonía móvil e Internet: extensión de prohibición corte por mora o falta de pago Período: 18/07/2020 al 02/08/2020 Vigencia: 18/07/2020

DECRETO 605

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