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OFICIALIZACION DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS PARA LAS ELECCIONES DE MIEMBROS TITULARES Y SUPLENTES EN LAS DISTINTAS DELEGACIONES DEL INTERIOR DEL CPCES RESOLUCION GENERAL N° 2.626 Salta, 25 de Julio de 2016 VISTO: Lo resuelto mediante Resolución General N° 2.591 del 16 de Mayo de 2016, por la cual, se convoca a todos los graduados matriculados con domicilio real en la jurisdicción de cada una de las Delegaciones, a elección de Miembros Titulares y Suplentes, para el día 29 de Julio de 2016; Lo dispuesto mediante Resolución de Presidencia W-36/2016 del 4 de Julio de 2016, ratificada por Acta de Consejo Directivo Sesión N° 1576 del 11 de Julio de 2016, por la cual, se fija el Calendario Electoral para cumplimentar con el proceso eleccionario a realizarse en las Delegaciones del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta; y CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el calendario electoral, se debe realizar la oficialización de las listas de candidatos, a fin de proceder con la elección en las respectivas Delegaciones; Que se ha verificado que los candidatos presentados cumplen con los requisitos establecidos por las normas en vigencia; POR TODO ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARTICULO 1°: Oficializar las listas de candidatos para la elección de autoridades en las respectivas Delegaciones, de acuerdo al siguiente detalle: DELEGACION ORAN LISTA AGRUPACION UNIDAD PROFESIONAL ORAN - LISTA AZUL Y BLANCA
LISTA PARTICIPACION FEDERAL
DELEGACION TARTAGAL LISTA CELESTE Y BLANCA
DELEGACION METAN
DELEGACION ROSARIO DE LA FRONTERA
DELEGACION CAFAYATE
ARTICULO 2°: Si existiesen dos o más listas oficializadas, los cargos se discernirán en forma directamente proporcional al número de votos emitidos, conforme al orden establecido por cada lista y con arreglo del siguiente procedimiento: a) El total de los votos obtenidos para cada lista, será dividido por uno (1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al número total de los cargos a cubrir.
b) Los cocientes resultantes, con independencia de la lista de que provengan, serán ordenados de mayor a menor en número igual al de los cargos a cubrir.
c) Si hubiere dos o más cocientes iguales se los ordenará en relación directa con el total de votos obtenidos por las respectivas listas y si éstos hubieran logrado igual número de votos, el ordenamiento resultará de un sorteo que a tal fin deberá practicar el Consejo Directivo.
d) A cada lista corresponderán cargos como veces sus cocientes figuren en el ordenamiento indicado en el inciso b).
ARTICULO 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por un día, dese a conocimiento a los candidatos y a los profesionales matriculados en las respectivas jurisdicciones de las Delegaciones, cópiese y archívese. |
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