Estimado colega:
En el presente Boletín Leg@lizaciones, en primer lugar publicamos la R.G Nº 2.904 del CPCES, por la cual se deja establecido el Cobro Indirecto de Honorarios Profesionales para el Contador Público, por las actuaciones clasificadas como tipo “D”
A continuación se publica la R.G. Nº 2.905 del CPCES por la que se resuelve dejar establecidas las Normas de Percepción, Control y Reintegro de Honorarios Profesionales.
Se publica también Memorando de Secretaria Técnica A 76 de la FACPCE referido a “Modelo de Informe de Contador Público Independiente sobre El Cumplimiento de los Requerimientos de Información para el control de las erogaciones aplicadas a Proyectos Requerido por la Disposición 68-E/2017 de la Subsecretaría De Energías Renovables del Ministerio de Energía y Minería.
Luego publicamos R.G del CPCES Nº 2.891 referida a los Honorarios Profesionales 2018 para Contador Público, Licenciado en Administración y Licenciado en Economía.
A continuación se publican:
- R.T. 46: “Nuevo texto de la Resolución Técnica Nº 22 “Normas Contables Profesionales: Actividad Agropecuaria”, modificaciones a la Resolución Técnica N° 17 “Normas Contables Profesionales: Desarrollo de Cuestiones de Aplicación General” y a la Resolución Técnica N° 9 “Normas Particulares de Exposición Contable para Entes Comerciales, Industriales y de Servicios”.
- Circular Nº 12 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera: Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) – Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y las Circulares de adopción de las NIIF.
- Interpretación Nº 13: De Normas de Contabilidad y Auditoría. Encargo de Aseguramiento del Balance Social.
En cuanto a las lecturas seleccionadas, se publica una selección de: Sociedades por acciones simplificadas. Aspectos tributarios y societarios, Apostillas sobre libros y contabilidad de las sociedades por acciones simplificadas (SAS), Elección de política contable en el marco de la nic 16 "Propiedades, Planta y Equipo". Las empresas cotizantes en Argentina y Chile.
Incorporamos también, con carácter de permanente, un acceso directo a las guías suministradas por la IGPJ de Salta, sobre los requisitos a tener en cuenta para trámites referidos a Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda “Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../..”; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización.
Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedará depositado para su consulta.
Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar.
Muchas gracias
SECRETARIA TÉCNICA
CPCESalta
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