Estimado colega:
En el presente Boletín Leg@lizaciones, en su primera parte publicamos las Resoluciones Generales que aprobó este Consejo, adoptando la Resolución Técnica Nº 46 “Nuevo texto de la Resolución Técnica Nº 22 “Normas Contables Profesionales: Actividad Agropecuaria”, modificaciones a la Resolución Técnica N° 17 “Normas Contables Profesionales: Desarrollo de Cuestiones de Aplicación General” y a la Resolución Técnica N° 9 “Normas Particulares de Exposición Contable para Entes Comerciales, Industriales y de Servicios”; la Interpretación Nº 13 de Normas de Contabilidad y Auditoría: Encargo de Aseguramiento del Balance Social; y la Circular Nº 12 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera: “Modificaciones a las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) – Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y las Circulares de adopción de las NIIF”.
A continuación publicamos la tabla de valores actualizados para tipificar a un ente como pequeño, mediano o grande, e identificar las normas contables a aplicar.
Se publican también las Resoluciones Técnicas Nº 47 y Nº 48, aún no adoptadas por este Consejo pero que se han sido enviadas a las Comisiones Técnicas para que emitan los informes correspondientes.
En cuanto a las lecturas seleccionadas se publican dos: - Caso Integral de Aplicación de Las Normas de la RT 22 a la Actividad Forestal; y Nuevo Texto de la Resolución Técnica (FACPCE) 22 (modificado por la RT 46) Normas Contables Profesionales: Actividad Agropecuaria
Las Resoluciones Generales Nº 2865, Nº 2904 y Nº 2905, todas ellas referidas a la aplicación obligatoria de Honorarios Mínimos y el Cobro Indirecto de los mismos, así como las normas de percepción, control y reintegro.
Incorporamos como sección permanente la disponibilidad de la información sobre Honorarios Mínimos vigentes para las profesiones de Contador Público, Licenciado en Administración y Licenciado en Economía
Se mantiene la publicación de un acceso directo a las guías suministradas por la IGPJ de Salta, sobre los requisitos a tener en cuenta para trámites referidos a Sociedades, Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda “Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../..”; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización.
Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedará depositado para su consulta.
Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar.
Muchas gracias
SECRETARIA TÉCNICA
CPCESalta
|