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PROFESIONALES CAPACITADOS COMPROMETIDOS CON LA SOCIEDAD | ||||||||
Estimado colega: En el presente Boletín Leg@lizaciones, en primer lugar publicamos la Resolución JG – FACPCE Nº 539/18, sobre reexpresión de EE.CC. en moneda del poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación.
Las principales características son:
Se publica nuevamente la R.G. Nº 3.066, por la que el Consejo ha decidido adoptar en la jurisdicción con carácter de optativa las Normas Contables Profesionales, referidas a Remedición de Activos, contenidas en la RT Nº 48. Abajo se expone también, un documento emitido por la FACPCE sobre modelos de informe de auditoría relacionados con la RT Nº 48. A continuación se publican dos proyectos de RT: Nº 40 del Consejo Elaborador de Normas de Administración - FACPCE (CENADMIN) - Plan de Negocios – Marco Conceptual e Informe de Plan de Negocios y Nº 41 del Consejo Elaborador de Normas de Economía - FACPCE (CENECO) - Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión. Tambien se publica una propuesta del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría – FACPCE (CENCYA) - Proyecto de Circular N° 4 de Adopción de Normas Emitidas por el IAASB y el IESBA de la IFAC - Modificaciones a las Normas Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados, e Independencia de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), adoptadas por las Resoluciones Técnicas N° 32, 33, 34 y 35. Se mantiene la publicación de dos resoluciones referidas a Cooperativas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, que incluyen diversas regulaciones a cumplir por estos entes. Es oportuno recordar que las Cooperativas de Trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, para acceder al beneficio de la reducción del Derecho de Certificación de Firma, al momento de legalizar sus EE.CC., deberán presentar el Certificado de inscripción en el mencionado registro que tiene un plazo de duración de 1 año. Reiteramos la invitación a ver un interesante video sobre el futuro de la gestión de datos. Mantenemos la publicación de un resumen de las recomendaciones frecuentes en la legalización de actuaciones profesionales. El mismo tiene como objeto identificar aquellas recomendaciones más frecuentes y de ese modo difundir entre los profesionales que emiten certificaciones e informes, aquellos aspectos sobre los cuales deben poner más énfasis para evitar este tipo de recomendaciones que atrasan el trámite de legalización de las actuaciones respectivas. En cuanto a las Lecturas Seleccionadas, se publican ocho de ellas, referidas a: - "Revalúo Impositivo y Contable - Un parche de medición como solución de compromiso para resolver problemas de Unidad de Medida"; - "Bienes de Cambio - Tratamiento de la Normativa Contable de los Inventarios"; - "Devengo del resultado y efectos relacionados con el impuesto a la renta"; - "Inflación, Contabilidad y Ajustes de Estados Contables"; - "Inspección General de Justicia: Normas Contables Profesionales aplicables"; - "Los cambios en las tasas del Impuesto a las Ganancias y su impacto sobre la Medición de los Activos y Pasivos por Impuesto Diferido"; - "Normas de la Resolución Técnica 48 sobre Remedición de Activos"; - "Revalúo Contable previsto en la Ley 27430 - Reglamentación por parte de la IGJ respecto de la opción de presentar los Activos Revaluados Adquiridos antes del 30/12/2017 y Normas Contables Profesionales aplicables". Se publica también un escrito sobre Cuestiones de Auditoría, referido a la responsabilidad del Contador Público en su actuación como Auditor de Estados financieros. Se mantiene un acceso directo a las guías suministradas por la IGPJ de Salta sobre los requisitos a tener en cuenta para trámites referidos a sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, destacándose que el documento fue actualizado recientemente por el mencionado organismo. Atento al proceso de unificación del Registro Público de Comercio con la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, publicamos el texto de la Ley Nº 8086, recomendando la lectura del Título VII. Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda "Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../.."; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización. Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedará depositado para su consulta. Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar. Muchas gracias
SECRETARIA TECNICA |
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Inspección General de Personas Jurídicas de Salta
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ACTUALIZACIÓN DE LEGAJO – ASAMBLEA - ELECCIONES |
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PRESENTACIÓN DE TRAMITES GENERALES
Mail para consultas a la IGPJS: |
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ACTUALIZACION DE REGISTRO DE FIRMAS PROFESIONALES Sabia Ud. que en el marco de nuestros procesos de la calidad su último Registro de Firma Profesional no debe superar una antigüedad mayor a tres años? |
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA DOCUMENTACIÓN A LA QUE SE REFIERE EL INFORME O CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
Se recuerda que la documentación a que se refiere el Informe o Certificación debe encontrarse firmada de puño y letra, los estados básicos, anexos, notas y cuadros, por el profesional actuante.
“Firmado a los efectos de su identificación |
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Vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización
Informe para Fines Fiscales - F. 780 - F. 760 (RG 992, art. 4º inc. C)
Para los estados contables cerrados en Abril 2018, las fechas de vencimiento son:
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