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PROFESIONALES CAPACITADOS COMPROMETIDOS CON LA SOCIEDAD | ||||||||
Estimado colega: En el presente Boletín Leg@lizaciones, en primer lugar publicamos la Resolución General CPCES Nº 3.078, por la que se adopta en la jurisdicción la Resolución JG – FACPCE Nº 539/18, sobre reexpresión de EE.CC. en moneda del poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación.
Se enfatiza que las principales características de la Resolución JG – FACPCE Nº 539/18, son:
Continuando con el mismo tema se publica un artículo respecto a: ¿Cómo impacta el inicio en la aplicación del ajuste por inflación en el informe profesional? Del Dr. Fernando Zanet. En el mismo se incluyen ejemplos de informe de auditor independiente sugeridos. Se publica el índice por utilizar de acuerdo con la Resolución JG – FACPCE Nº 539/18 para la aplicación de la Resolución Técnica Nº 6. Con el objetivo de facilitar al profesional su labor incluimos en el presente boletín la posibilidad de acceder al videocurso sobre Impuesto Diferido en un contexto de ajuste por inflación: Análisis y Casos Prácticos, con acceso a través de la gestión de una clave personal. Se incluyen los materiales respectivos. Volvemos a publicar la R.G Nº 3.067 del CPCES, por la cual se deja establecido el Cobro Indirecto de Honorarios Profesionales para el Contador Público, por las actuaciones clasificadas como tipo “C”; junto con la R.G. Nº 2.905 del CPCES por la que se resuelve dejar establecidas las Normas de Percepción, Control y Reintegro de Honorarios Profesionales. A continuación se publican dos novedades normativas, la primera regulando el Revalúo opcional de Bienes de Activo para entes Cooperativos y Mutuales; y la segunda una disposición de la Unidad de Información Financiera por la que se actualizaron los umbrales monetarios establecidos en varias normas correspondientes para sujetos obligados. Entre ellos se modifica la Resolución UIF 65/11, estableciendo un nuevo límite de activos de $40.000.000, para los entes (que no sean sujetos obligados per se), a partir del cual el auditor y/o sindico de dicho ente, se consideran sujetos obligado a informar. A continuación se repite la publicación de dos proyectos en consulta de: RT Nº 40 del Consejo Elaborador de Normas de Administración - FACPCE (CENADMIN) - Plan de Negocios – Marco Conceptual e Informe de Plan de Negocios y Nº 41 del Consejo Elaborador de Normas de Economía - FACPCE (CENECO) - Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión. Se mantiene la publicación de dos resoluciones referidas a Cooperativas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, que incluyen diversas regulaciones a cumplir por estos entes. Es oportuno recordar que las Cooperativas de Trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, para acceder al beneficio de la reducción del Derecho de Certificación de Firma, al momento de legalizar sus EE.CC., deberán presentar el Certificado de inscripción en el mencionado registro que tiene un plazo de duración de 1 año. Mantenemos la publicación de un resumen de las recomendaciones frecuentes en la legalización de actuaciones profesionales. El mismo tiene como objeto identificar aquellas recomendaciones más frecuentes y de ese modo difundir entre los profesionales que emiten certificaciones e informes, aquellos aspectos sobre los cuales deben poner más énfasis para evitar este tipo de recomendaciones que atrasan el trámite de legalización de las actuaciones respectivas. En cuanto a las Lecturas Seleccionadas, se publican seis de ellas, referidas a: - “Ajuste de Estados Contables por variaciones en el poder adquisitivo de la moneda - ¿La vuelta de un viejo conocido?”; - “Ajuste por Inflación Contable: Situación Actual”; -“Aplicación de la RT 48. Caso especial de los Bienes de Uso”; - “Implicancias del Revalúo Impositivo y Contable en las empresas y cuadro comparativo”; -“Nic 36 - Deterioro de Valor de los Activos según NIIF; y – “Reseña y comparación de las Normas Contables Especiales de Revalúo de Activos por única vez. Se publica también un escrito sobre Cuestiones de Auditoría, referido a: - “Auditoría de entes más pequeños o PyMES. Introducción. Conceptos Básicos. Valoración del riesgo. Respuesta al riesgo. Presentación de Informes. Comentarios finales”. Se mantiene un acceso directo a las guías suministradas por la IGPJ de Salta sobre los requisitos a tener en cuenta para trámites referidos a sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, destacándose que el documento fue actualizado recientemente por el mencionado organismo. Atento al proceso de unificación del Registro Público de Comercio con la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, publicamos el texto de la Ley Nº 8086, recomendando la lectura del Título VII. Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda "Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../.."; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización. Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedará depositado para su consulta. Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar. Muchas gracias
SECRETARIA TECNICA |
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REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL
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Inspección General de Personas Jurídicas de Salta
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ACTUALIZACIÓN DE LEGAJO – ASAMBLEA - ELECCIONES |
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PRESENTACIÓN DE TRAMITES GENERALES
Mail para consultas a la IGPJS: |
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ACTUALIZACION DE REGISTRO DE FIRMAS PROFESIONALES Sabia Ud. que en el marco de nuestros procesos de la calidad su último Registro de Firma Profesional no debe superar una antigüedad mayor a tres años? |
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA DOCUMENTACIÓN A LA QUE SE REFIERE EL INFORME O CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
Se recuerda que la documentación a que se refiere el Informe o Certificación debe encontrarse firmada de puño y letra, los estados básicos, anexos, notas y cuadros, por el profesional actuante.
“Firmado a los efectos de su identificación |
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Vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización
Informe para Fines Fiscales - F. 780 - F. 760 (RG 992, art. 4º inc. C)
Para los estados contables cerrados en Junio 2018, las fechas de vencimiento son:
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