Estimado colega:
En el presente Boletín Leg@lizaciones, en primer lugar publicamos un modificación de la RJG N° 539/18, realizada por la última Junta de Gobierno.
Continuando con el tema de ajuste por inflación contable, incluimos la tercera parte de la Guía de Aplicación de las Normas (RT 6 y NIC 29) - Ejercicios de aplicación.
Se publican también dos Memorandos de Secretaria Técnica de la FACPCE: el primero, C – 72 sobre estimación del índice de inflación del mes de cierre de los EE.CC.; el segundo C – 73, sobre informes contables de entes que no poseen contabilidad sistematizada.
Adicionalmente publicamos la Circular N° 14 de adopción de NIIF, por la que se ponen en vigencia modificaciones introducidas en diversas normativas contables internacionales y también el índice y actualización de ventas de la RT 41 (Diciembre 2014/actual).
Nuevamente exponemos documentos referidos a los aspectos mas relevantes de la normativa vigente sobre ajuste por inflación, aspectos principales en materia de exposición de EE.CC. ajustados, consultas frecuentes, y preguntas y respuestas.
A continuación se publican un serie de artículos referidos a temas de interés de la profesión: - Auditorias de entidades menos complejas; - Ajuste por inflación contable: reconocimiento de los efectos de la alta inflación en la información financiera. métodos alternativos para la comprobación del resultado por exposición (REI o RECPAM); - El ajuste por inflación en la actividad ganadera; - Ejercicio ilegal de la profesión; -Estados Contables ajustados por hiperinflación. información financiera en economías hiperinflacionarias; - La razón histórica en contabilidad; Lavado de activos. auditor externo como sujeto obligado; - Reexpresion de la RT 6 aplicada a los componentes del patrimonio neto; - Puesta a disposición de libros contables y documentación de terceros; - Resultado por tenencia de rubros no financieros: obtención del resultado por tenencia de los bienes de cambio.
Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda "Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../.."; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización.
Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedarán depositados para su consulta.
Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar.
Muchas gracias
SECRETARIA TECNICA
CPCESalta
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