Estimado colega:
En el presente Boletín Leg@lizaciones, en primer lugar publicamos las Resoluciones Generales Nº 3.236 y Nº 3.237 de este Consejo, por las cuales se establecen como actuaciones profesionales tipo “B”, a los fines del pago del Derecho de Certificación de Firmas, las siguientes: Informe de Licenciado en Administración sobre plan de negocios; Informe sobre formulación y evaluación de proyectos: evaluación privada, e Informe sobre formulación y evaluación de proyectos: evaluación social de proyectos privados, públicos o mixtos; y cobro obligatorio de honorarios profesionales a través del sistema de cobro indirecto, para el Licenciado en Administración sobre el informe de plan de negocios y para el Licenciado en Economía los informes sobre formulación y evaluación de proyectos: evaluación privada y formulación y evaluación de proyectos: evaluación social de proyectos privados, públicos o mixtos.
A continuación se publica la Resolución General Nº 3.223 por la cual se actualizan los parámetros para el pago del Derecho de Certificación de Firmas, para pequeñas cooperativas, las que de ese modo pueden acceder a un descuento del 50% si el monto de activo más pasivo no supera la suma de $800.000 y que el monto de ingresos no supere la suma de $700.000; y un descuento del 75% para los cooperativas que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Como venimos haciendo en los últimos boletines, reiteramos la publicación de acceso a toda la información relacionada a la reexpresión de EE.CC. en moneda homogénea. A ello agregamos un acceso al video curso que se dictara recientemente sobre preparación de EE.CC. con ajuste por inflación.
Como es frecuente publicamos algunos artículos técnicos y hemos actualizado el ambiente de Modelos e Informes y Certificaciones para actuaciones profesionales de Licenciado en Administración y Licenciado en Economía.
Un tema para destacar es que al inicio de este Boletín, encontraran un acceso directo a la nueva página web del Inspección General de Personas Jurídicas, que invitamos a visitar.
Por último, recordamos la necesidad de cumplir con requisitos en la documentación a la que se refiere el informe o certificación profesional, en cuanto a su firma con las respectivas aclaraciones debajo de la leyenda "Firmado a los efectos de su identificación con mi informe/certificación de fecha ../../.."; e invitamos a los profesionales matriculados a actualizar sus Registros de Firmas, teniendo en cuenta, que en el marco de nuestros procesos de la calidad, un Registro de Firma no puede tener una antigüedad mayor de tres años y recordamos vencimientos destacados de documentación sujeta a legalización.
Se podrá además acceder a este Boletín y a los sucesivos números que se publiquen, ingresando a la web del Consejo, Secretaria Técnica, Boletín de Leg@lizaciones, donde quedarán depositados para su consulta.
Estamos atentos a sugerencias y comentarios que nos permitan constituir a este Boletín en un elemento facilitador de la tarea de los colegas matriculados, para lo cual recibimos vuestros aportes en la dirección stecnica@consejosalta.org.ar.
Muchas gracias
SECRETARIA TECNICA
CPCESalta
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