CPCE - Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
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Lunes 26 de Abril de 2010

428
Boletín Electrónico del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
UNA PROFESION CAPACITADA AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD
PROYECTO Nº 20 de Resolución Técnica
Modificaciones de las Resoluciones Técnicas 8 y 16. Impracticabilidad – Presentación de Información Comparativa.
Período de Consulta hasta el 17 de julio
Sumario
Información General
Ganancia Mínima Presunta. Personas Físicas y Jurídicas. DDJJ 2009: Nueva versión 8.0
Medida cautelar: Fallo contra un pedido de la AFIP
Ganancias: por alto costo preparan cambios a proyecto
La AFIP pone a punto un mayor control sobre los monotributistas
El Senado dio media sanción a la reforma de la coparticipación del impuesto al cheque
Lo obligaron a renunciar y a facturar como monotributista pero ahora deben resarcirlo
La Cámara alta eximió de gastos e impuestos a las cuentas sueldo
Cómo serán los nuevos créditos hipotecarios del Banco Nación
Procedimiento destinado a los afiliados de una AFJP que hubieren ingresado importes en sus cuentas de capitalización individual bajo la figura de imposiciones voluntarias y/o depósitos convenidos para ejercer la opción prevista en el artículo 6 de la Ley N 26.425 y Resolución (ANSeS) N 290/2009
Monotributistas deberán presentar desde junio una declaración jurada cuatrimestral
Consultas
Asignaciones Familiares
Prenatal
Ayuda Escolar Anual
Monotributo
Componente Provisional
Obra Social
Vacaciones
Servicio Doméstico
Ausencia por enfermedad
Jurisprudencias
Impuesto de sellos. Provincia de Tucumán. Ley de coparticipación federal. Carta de oferta con cláusula de consentimiento tácito. Improcedencia del gravamen. Sentencia de la C.S.J.N. Y.P.F. S.A. c/Tucumán pcia., C.S.J.N
Impuestos provinciales. P.B.A. Recurso de queja solicitado tendiente a suspender la liquidación de anticipos mensuales por el sistema ARBANet. Haciendo lugar al recurso revocando el efecto devolutivo y concediéndolo con efecto suspensivo. Presentación efectuada por el Consejo Superior del Colegio de Abogados de Buenos Aires. Colegio de Farmacéuticos de La Plata c/A.R.B.A. s/pretensión anulatoria, J.C.A. La Plata, Sala 1
Jubilaciones y pensiones. SIPA. Acción de amparo. Desestimación. Imposibilidad de permanencia en el sistema de capitalización. Improcedencia del reclamo para impedir el traspaso a la A.N.Se.S. de los recursos de la Cuenta Individual de Capitalización. Rossi Pablo Ariel, C.F.S.S., Sala III
Jubilaciones y pensiones. A.N.Se.S. Ley de solidaridad previsional. No pago de honorarios por juicios previsionales. Causa Flagello. Patiño Raúl Osvaldo c/provincia de San Juan, C.S.J.N
Modelo de Informes y Certificaciones
Informe sobre Estudio de Mercado
Centro de Información Bibliográfica
Artículos Publicados Disponibles - Periódico Económico Tributario
Lecturas Disponibles - Planificación Estratégica - Quinceava Entrega
¿Sabia Ud. Qué...?
De interés para auxiliares de la justicia
Lo bueno. Fallo en materia de honorarios del perito en el concurso preventivo
Cuentas sueldo, sin costos ni restricciones
La conexión a Internet en la región crecerá 20 por ciento en los próximos dos años
El Toyota Prius será el primer auto híbrido que se venderá en Argentina
Microsoft se opone a que Google edite libros digitales
Novedades FACPCE
La FACPCE solicitó prorrogar el plazo para presentar DDJJ
Nota al Señor Administrador Federal de Ingresos Públicos, referida a Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas - Período Fiscal 2009
Comunicado de prensa - La Federación expresó su disconformidad al Organismo Fiscal
Novedades AFIP
Servicio de Novedades AFIP
Novedades Nacionales
Resolución General 2811/2010-AFIP. Procedimiento. Registro Tributario. Contribuyentes. Identificación. Digitalizaciones. Reempadronamiento
Resolución General 2812/2010-AFIP. Empleadores. Seguridad Social. DDJJ proforma vía Internet. Empleados mínimos. Su incremento
Resolución ST 83/10. Floricultura y viveros. Personal no comprendido en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario
Resolución General SSN 35007/10. Seguros. Pautas mínimas y criterios para contratos de fideicomisos de garantía. Res. Gral. S.S.N. 31.358. Su modificación
Resolución 1213/2010-ONCCA. Producción Agropecuaria. Pequeños y Medianos Productores. Régimen de Compensación. Su reglamentación
Disposición 481/2010-MIT. Sociedades de Garantía Recíproca. Contrato de Reafianzamiento. Modelo. Su modificación
IVA. Programa de Usa Racional de Energía. Bonificaciones y Cargos Adicionales. Su tratamiento. Dictamen de Asesoría Técnica 46/2009
IVA. Servicio de alojamiento. Crédito Fiscal. Su tratamiento. Dictamen de Asesoría Técnica 48/2009
Novedades Provinciales
Tucumán - Ley 8251. Tributos Provinciales. Facilidades de Pago. Régimen excepcional. Vigencia. Su prórroga
Tucumán. Resolución General 16/2010-DGR. Escribanos. Régimen de Información. Su creación
CABA - Decreto 269/2010. Código Fiscal. Año 2010. Texto Ordenado y Actualizado
CABA - Resolución 194/2010-AGIP. Ingresos Brutos. Régimen Simplificado. Actividades. Presunciones. Exclusiones
Resolución General 2/2010-CACM. Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Unificación Normativa. Texto Ordenado y actualizado
Resolución General 3/2010-CACM. Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Regímenes de Retención y Percepción provinciales. Bancos. Pautas
Información General

Ganancia Mínima Presunta. Personas Físicas y Jurídicas. DDJJ 2009: Nueva versión 8.0

La AFIP puso a disposición la nueva versión del programa aplicativo denominado "Ganancia Mínima Presunta-Versión 8.0-Release 0". Periodo fiscal DDJJ 2009. Novedades: a) Datos de Identificación de Empresa antecesora y continuadora; b) Campos Bienes en el país: Amortizaciones, Acciones, Construcciones e Inmuebles; c) Exenciones por Leyes genéricas y d) Impuestos análogos del exterior (incluye "Instructivo de Ayuda") (Res. Gral. 2770/2010-AFIP)

Información General

Medida cautelar: Fallo contra un pedido de la AFIP

Un juez accedió a una solicitud de los diarios para que no les cobren deuda fiscal originaria en subas de precios en Convenios de Competitividad (Tributum-La NacionLine)

Información General

Ganancias: por alto costo preparan cambios a proyecto

Aunque en el Gobierno esperan hablar del tema cuando Cristina de Kirchner regrese de Estados Unidos, las modificaciones al Impuesto a las Ganancias ya están siendo analizadas en detalle. Estiman que aún cuando no es la propuesta con cambios más fuertes, el proyecto que circula del diputado Héctor Recalde con la suba del Mínimo no Imponible produciría al Estado un costo fiscal cercano a los $ 3.000 millones. Para evitarlo, se trabaja ya en un proyecto alternativo que incluye cambios, pero menos fuertes. Incluso, aseguraron fuentes oficiales a este diario, las modificaciones podrían salir por decreto.
Esta semana le tocará a la AFIP realizar un análisis exhaustivo de las consecuencias que tendría en las arcas fiscales la modificación de un impuesto que ha sido en los últimos años, uno de los pilares de la recaudación. Allí se estima que los cambios alternativos que presentaría la misma Presidente, al menos compensaría la caída de la recaudación que generará subir los mínimos no imponibles para el pago de ganancias, con un alza más importante en otros segmentos, como los sueldos más altos o las rentas financieras.

Información General

La AFIP pone a punto un mayor control sobre los monotributistas

En menos de un mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha un mayor control que recaerá sobre los monotributistas.
El organismo a cargo de Ricardo Echegaray deberá definir en los próximos días el alcance de un nuevo régimen informativo que obliga a brindar cuatrimestralmente los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante el período.
En efecto, la lupa del fisco nacional está puesta sobre los mencionados parámetros ya que determinan el monto del pago mensual que deben soportar las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado.
De manera complementaria, desde mayo próximo, los pequeños contribuyentes que excedan el límite máximo de facturación comenzarán a sufrir retenciones en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias.

Información General

El Senado dio media sanción a la reforma de la coparticipación del impuesto al cheque

Tras un debate que llevó más de seis horas, el proyecto impulsado por el radicalismo, la Coalición Cívica, el socialismo y el peronismo disidente logró 35 votos a favor contra 33 del oficialismo.
Pese a que ganó la votación, la oposición no pudo contar con el voto de Carlos Menem, quien se retiró del Palacio Legislativo tras participar del debate anterior en el cual se aprobó el pliego de Mercedes Marcó del Pont como nueva presidenta del Banco Central.
Tampoco estuvo presente la rionegrina María José Bongiorno, de licencia por enfermedad, quien también había anunciado su apoyo al proyecto.
La ausencia del oficialista Guillermo Jenefes también le restó número a la oposición, ya que el jujeño se mostró de acuerdo con coparticipar el Impuesto al Cheque.
Sin embargo, antes de votar el proyecto la cámara se enfrascó en un debate sobre si el proyecto debía o no ser aprobado con mayoría especial de 37 votos.

Información General

Lo obligaron a renunciar y a facturar como monotributista pero ahora deben resarcirlo

La Justicia volvió a poner un límite a una frecuente maniobra de evasión a la que recurren algunas empresas, que hacen renunciar a sus empleados para luego contratarlos y hacerlos facturar por sus servicios.
De esta forma buscan ahorrarse cargas sociales, pero este aparente "ahorro" puede transformarse en un altísimo costo para las compañías si son demandadas en los tribunales.
Suele suceder que, al principio, la supuesta desvinculación se da en buenos términos, ya que las firmas piden a algunos de los empleados que envíen el telegrama con la renuncia para luego continuar prestando el mismo servicio sólo que facturando por el mismo. El problema se da cuando el empleado finalmente el dependiente no acepta estas condiciones, se pone en situación de despido e inicia juicio contra su empleador.
Justamente, hace pocos días, se dio a conocer un fallo en el que la Justicia condenó a una empresa a indemnizar a un trabajador que había renunciado a su empleo por "recomendación" de la firma para luego contratado por ésta para seguir haciendo las mismas tareas.

Información General

La Cámara alta eximió de gastos e impuestos a las cuentas sueldo

La Ley de Mediación, que traía media sanción de Diputados, se confirmó en la madrugada de este jueves en el recinto de la Cámara alta, así como también el proyecto que exime de gastos e impuestos a las cuentas sueldo.
Pese a pequeñas diferencias, la Ley de Mediación fue avalada por la mayoría de los legisladores presentes: hubo 50 votos positivos; mientras que dos fueron negativos. Hubo sólo una abstención.
En relación al proyecto de las cuentas sueldos, Parlamentario.com informa que fue aprobado por todos los presentes, que en ese momento eran 54. La iniciativa exime de impuestos, tasas, gravámenes y cargos bancarios de cualquier naturaleza, las operaciones realizadas sobre las cuentas sueldo, aquellas que se utilizan para el pago de remuneraciones.

Información General

Cómo serán los nuevos créditos hipotecarios del Banco Nación

El presidente del Banco de la Nación Argentina (BNA), Juan Carlos Fabrega, adelantó este viernes que la línea de créditos hipotecarios en pesos lanzada por la entidad "se pondrá en marcha desde el lunes próximo, con la tasa de interés más baja del mercado (12,75%) y la menor cantidad de requisitos posibles".
"A partir del lunes estará vigente esta nueva línea de créditos hipotecarios que denominamos `Casa Propia` y se suma a los $3.642 millones que ya tenemos en cartera", indicó el titular del BNA tras el anuncio que realizó la presidente Cristina Fernández de Kirchner en la sede central de la entidad.
Fabrega remarcó que "en principio estaremos concediendo entre 15.000 y 20.000 créditos y si bien ofreceremos la apertura de una caja de ahorro para los pagos, no resultará un requisito imprescindible a la hora del otorgamiento".
En tal sentido, añadió que "por cada 100.000 pesos se abonará una cuota final de $1.304,63, pero lo más importante es que se podrán realizar cancelaciones anticipadas sin multas ni intereses adicionales, es decir por el capital puro".

Información General

Procedimiento destinado a los afiliados de una AFJP que hubieren ingresado importes en sus cuentas de capitalización individual bajo la figura de imposiciones voluntarias y/o depósitos convenidos para ejercer la opción prevista en el artículo 6 de la Ley N 26.425 y Resolución (ANSeS) N 290/2009

Precisiones. Prórroga de los plazos establecidos en la Resolución 134/2009 de la Gerencia de Diseño de Normas y Procesos (GDNyP). Resolución (GDNyP) N° 16/2010. B.O. 3/03/2010. Por medio de la norma publicada en el día de hoy se han prorrogado los plazos pertinentes a la notificación de las AFJP a la ANSeS - que deseen reconvertirse a los efectos de recibir los depósitos convenidos y las imposiciones voluntarias de los afiliados -, así como el de la opción que podrían ejercer los mismos (ver nuestros Labornets N° 529 - del 29/10/2009 - y N° 551 del 1/2/2010).

Información General

Monotributistas deberán presentar desde junio una declaración jurada cuatrimestral

Información General

Consultas

Asignaciones Familiares
Una empresa no incluida en el S.U.A.F. incorpora una empleada con fecha 04/2010 que tiene tres hijos a cargo en edad escolar, ¿se le puede abonar la ayuda escolar por el año 2010? ¿Qué requisitos existe para el pago y hasta qué fecha puede hacerse efectivo contra entrega de los certificados? ¿Que formularios de Anses debe presentar la empleada para que la empresa pueda abonarle el salario familiar por hijo?

  • Prenatal
    ¿Qué antigüedad se requiere para cobrar el prenatal? ¿Qué ocurre si se contrata a una trabajadora embarazada de dos meses? ¿Puede cobrar íntegramente el prenatal? ¿Qué antigüedad debe tener una trabajadora para gozar de los tres meses de licencia por maternidad paga y luego cobrar el subsidio por nacimiento?
  • Ayuda Escolar Anual
    ¿A cuánto asciende el monto de la ayuda escolar para el año 2010?
Monotributo
  • Componente Provisional
    Un contribuyente que está inscripto en el Monotributo desde el año 2007, pasó de oficio a partir del enero de 2010 a la categoría B del Monotributo, y en la credencial de pago figura como obligaciones de pago el componente impositivo de $ 39 , más el aporte jubilatorio de $ 110. En cuanto a la obra social no está aportando. El motivo es que cuando se inscribió denunció que era pensionada por una ley anterior de la Ley Nº 24.241, ya que su marido falleció a consecuencia de accidente laboral y a raíz de ello tiene PAMI. ¿En este caso, corresponde o no pagar la obra social?
  • Obra Social
    ¿Un contribuyente jubilado inscripto en Monotributo, puede aportar a una obra social, como lo hacía antes de jubilarse?
Vacaciones
Un empleado sale de vacaciones el 01/02/2010 y recibe su pago por anticipado el día 29/01/2010, ¿cuándo corresponde liquidar las vacaciones? ¿Con la liquidación de enero de 2010 se pagan los 30 días de sueldo más 14 días de vacaciones o con la liquidación de febrero de 2010 se liquidan los 16 días de sueldo y los 14 días de vacaciones? ¿Para establecer el valor de las vacaciones (sueldo / 25 x días que le corresponden) se deben tener en cuenta los aumentos de sueldos no remunerativos (por ejemplo, para los textiles, comercios, etcétera)? Servicio Doméstico
  • Ausencia por enfermedad
    Una empleada doméstica con recibo de sueldo y aportes que trabaja 4 horas de lunes a viernes trabajó hasta el 18/02/2010. Desde el día 19/02/2010 está enferma (tuvo un preinfarto) y no se sabe cuando se reintegrará. ¿Se deben abonar los 18 días de febrero? ¿Por cuánto tiempo se debe guardar el puesto de trabajo, considerando su enfermedad cardiaca? ¿Qué trámites se deben realizar los aportes y contribuciones correspondientes a una empleada doméstica? ¿Cuáles son los nuevos valores que deberán aportar los trabajadores del servicio doméstico a partir de enero de 2010, en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 26.565?

Información General

Jurisprudencia

Impuesto de sellos. Provincia de Tucumán. Ley de coparticipación federal. Carta de oferta con cláusula de consentimiento tácito. Improcedencia del gravamen. Sentencia de la C.S.J.N. Y.P.F. S.A. c/Tucumán pcia., C.S.J.N.
Impuestos provinciales. P.B.A. Recurso de queja solicitado tendiente a suspender la liquidación de anticipos mensuales por el sistema ARBANet. Haciendo lugar al recurso revocando el efecto devolutivo y concediéndolo con efecto suspensivo. Presentación efectuada por el Consejo Superior del Colegio de Abogados de Buenos Aires. Colegio de Farmacéuticos de La Plata c/A.R.B.A. s/pretensión anulatoria, J.C.A. La Plata, Sala 1
Jubilaciones y pensiones. SIPA. Acción de amparo. Desestimación. Imposibilidad de permanencia en el sistema de capitalización. Improcedencia del reclamo para impedir el traspaso a la A.N.Se.S. de los recursos de la Cuenta Individual de Capitalización. Rossi Pablo Ariel, C.F.S.S., Sala III
Jubilaciones y pensiones. A.N.Se.S. Ley de solidaridad previsional. No pago de honorarios por juicios previsionales. Causa Flagello. Patiño Raúl Osvaldo c/provincia de San Juan, C.S.J.N.

Información General
Modelo de Informes y Certificaciones

Informe sobre Estudio de Mercado

Al Directorio de _____________________________________
Domicilio Legal:
C.U.I.T:

I. Descripción del bien a producir y eventuales subproductos

  • Si es bien de consumo final, indicar las zonas de destino interno y externo, si se previeran exportaciones.
  • Si es bien intermedio, especificar si se trata de una materia prima, de un producto semi elaborado ò una pieza componente.
  • Si es un bien de capital, indicar las industrias usuarias y/o eventuales exportaciones.
(Toda la información de I está destinada a precisar el tipo de bien a producir para poder enmarcar correctamente el estudio de mercado).

II. Análisis del Mercado Interno

  • (Si es un bien ya producido o consumido en el país). Elaborar una serie histórica de producción nacional, importaciones y consumo aparente lo más extensa posible (10 a 15 años) si hay información disponible (o menor en caso contrario), examinándola desde los puntos de vista cualitativos y cuantitativos.
  • Indicar y cuantificar si hay una demanda insatisfecha ante el consumo aparente detectado en el párrafo anterior y explicar los fundamentos de ésta apreciación.
  • Detallar la estructura de la oferta indicando normas legales, principales productores, penetración en el mercado y localización geográfica en el país; realizar la misma tarea con los importadores y bienes sustitutivos si los hubieran, etc.
  • Detallar la estructura de la demanda, indicando principales consumidores si se tratara de un bien intermedio o de capital, y de ser posible, la importancia relativa de cada uno de ellos, medida en términos porcentuales, posibilidades de exportación, etc.

III. Proyección de la Demanda

Formular la proyección en un período relativamente confiable tanto desde el punto de vista estadístico, cuanto de la estabilidad y continuidad de los supuestos.

En este punto deben ser descriptos con precisión los supuestos e hipótesis utilizados.

En análisis más detallados (a pedido del cliente) puede llegar a estimarse las elasticidades para precisar la proyección.

El mismo procedimiento debe realizarse para eventuales exportaciones, explicando las hipótesis utilizadas (demanda internacional, tipo de cambio real, etc.).

Con las proyecciones de demanda interna, exportaciones e importaciones, se puede entonces formular una proyección de demanda total.

IV. Proyección de la Oferta

Una vez establecida la demanda total potencial, debería tratar de cuantificarse la oferta doméstica futura, tratando de establecer los proyectos de inversión, radicación ò ampliación de productores del bien en cuestión. A esa estimación deben sumarse las importaciones previstas, accediendo así a la cuantificación de la oferta total.

Si se trata de un bien nuevo:

  • Comparar su precio con el del bien importado para establecer grado de competitividad si la importación fuera preexistente.
  • Comparar su precio con el precio internacional para establecer grado de competitividad de las exportaciones potenciales, obviamente calculado con el tipo de cambio real (tipo de cambio nominal, reembolsos, drawbacks, etc.).

V. Conclusiones

______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ _________________________________________________________________

Se extiende el presente informe en la Ciudad de Salta , a los ....días de 2...., para su presentación ante .....................

Lic ...........
Lic. en Economía -
M ... T ... F ...
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¿Sabía Ud. Que?

De interés para auxiliares de la justicia
Lo bueno. Fallo en materia de honorarios del perito en el concurso preventivo

Expte. Nº: 64292/9

Autos: “PROCLINSER S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACIÓN PROMOVIDO POR ...”

Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial Nº 5 - Secretaría Nº 09

Con fecha 19 de agosto de 2009, el Juez efectuó las consideraciones que se resumen a continuación:

1.a) El CP ...... solicitó la verificación de un crédito de honorarios por la suma de $ 991,54 con más sus intereses y costas. Expuso que el crédito tiene origen en los honorarios profesionales que le fueron regulados en su carácter de perito contador en los autos "Barrientos Pedro Pablo c/ Proclinser S. A s/despido”.

b) Corrido el pertinente traslado, la concursada opuso excepción de prescripción solicitando el rechazo del crédito insinuado. Por su parte, la sindicatura, aconsejó hacer lugar a la verificación del crédito a favor de la incidentista por las sumas de $ 991,54 con privilegio general.

2.a) De una revisión de las constancias acompañadas en autos del expediente laboral, se desprende que con fecha 6-11-08, la Sala IV de la Justicia Laboral confirmó los honorarios del verificante en la suma insinuada. Dicha regulación fue precisada con la liquidación practicada en sede laboral con fecha 13-03-09.

En ese sentido recordó que el Art. 3980 del Código Civil dispone que “cuando por razón de dificultades o imposibilidad de hecho, se hubiere impedido temporalmente el ejercicio de una acción, los jueces están autorizados a liberar al acreedor, o al propietario, de las consecuencias de la prescripción cumplida durante el impedimento, si después de su cesación el acreedor o propietario hubiese hecho valer sus derechos en el término de tres meses”. Teniendo en cuenta que la presente verificación fue promovida dentro del plazo dispuesto en la norma citada, corresponderá rechazar el planteo de prescripción articulado por la concursada.

Por otro lado, en base a las constancias acreditadas y teniendo en consideración la opinión favorable vertida por la sindicatura, corresponde tener por acreditada la causa, existencia y legitimidad de la acreencia alegada.

b) En cuanto al privilegio solicitado sobre el crédito por honorarios, he de señalar que resulta procedente reconocerle el privilegio general previsto por el art. 246 inc. 1° LCQ. (Dicho privilegio comprende los honorarios de los profesionales que actuaron como apoderados del incidentista en sede laboral)

c) En cuanto a los intereses, los mismos serán calculados conforme las pautas establecidas en la liquidación practicada en sede laboral en los autos “Barrientos Pedro Pablo c/ Proclinser S. A s/despido”, desde la fecha de mora, hasta la presentación en concurso, de conformidad con lo dispuesto por el art. 19 de la LCQ.

d) Las costas se impondrán en el orden causado. La jurisprudencia existente sobre costas en el proceso de verificación tardío no es aplicable a los acreedores que promovieron demanda en el fuero laboral -;como en el caso-; y luego iniciaron el incidente de verificación de crédito.

3. Como colorario de lo expuesto, resolvió: “a. Declarar verificado un crédito a favor del C.P. ....... por la suma de $991,54 con privilegio general (art. 246, inc. 1° LC), con más los intereses ....... c. Imponer las costas por su orden....” Fdo: Fernando M. Durao. Juez.

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Novedades FACPCE

La FACPCE solicitó prorrogar el plazo para presentar DDJJ

Novedades FACPCE

Nota al Señor Administrador Federal de Ingresos Públicos, referida a Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas - Período Fiscal 2009

Novedades FACPCE

Comunicado de prensa - La Federación expresó su disconformidad al Organismo Fiscal

Novedades AFIP

Servicio de Novedades AFIP

Novedades Nacionales

Listado de Novedades Legales Nacionales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo

Novedades Provinciales

Listado de Novedades Legales Provinciales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo

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