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Información General | ||||
Secretaría Técnica - Adopción Circular Nº3 sobre Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Aprobadas por la Resolución Técnica Nº26 y las Circulares de Adopción de las NIIF. Salta, 28 de Mayo de 2012 VISTO: La aprobación de la Circular Nº 3 sobre “Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Aprobadas por la Resolución Técnica Nº 26 y las Circulares de Adopción de las NIIF” del Centro de Estudios Científicos y Técnicos (CECyT) por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, y CONSIDERANDO: Que es atribución de los Consejos ordenar el ejercicio de la profesión de ciencias económicas dictando para ello las medidas y disposiciones de todo orden que resultan necesarias o convenientes para el mejor desenvolvimiento de la misma; Que entre dichas medidas se incluyen las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados dentro de las respectivas jurisdicciones; Que el IASB ha realizado modificaciones y mejoras a los textos originales de las Normas Internacionales de Información Financiera aprobados en marzo de 2009, por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas mediante la Resolución Técnica Nº 26, incorporada en esta jurisdicción mediante Resolución General Nº 1.752; Que la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas cumplimentando con el art. 34 del Reglamento del CeCyT establece que las “Circulares de adopción de las NIIF” se emitirán para poner en vigencia., como norma contable profesional, a las nuevas NIIF e Interpretaciones - CINIIF - o a las modificaciones a las NIIF e Interpretaciones - CINIIF - existentes, por parte del IASB; Que la Circular Nº 3 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas sobre adopción de las NIIF, aprobada el 04 de mayo de 2.012, agrega versiones más actualizadas de las NIIF; Que, un cuerpo unificado de normas contables y de auditoría de aplicación en todas las jurisdicciones del país, contribuirá al fortalecimiento de la profesión, revistiendo además especial importancia para los emisores y los distintos usuarios de la información contable; Que se trata de un mecanismo adoptado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para poner en vigencia los nuevos pronunciamientos que el Consejo de Normas Internacionales (IASB) emita; Que es decisión de este Consejo adoptar la citada Circular en virtud del Acta Acuerdo Firmada en Catamarca en la Junta de Gobierno del 27 de setiembre de 2002; Que la Comisión Técnica -Sala Contador Público-, ha analizado y emitido opinión sobre la cuestión en tratamiento; POR TODO ELLO
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARTICULO 1°: Considerar como Normas Contables Profesionales reconocidas por este Consejo, las contenidas en la segunda parte de la Circular Nº 3 “Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Aprobadas por la Resolución Técnica Nº 26 y las Circulares de Adopción de las NIIF” de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, las que se consideran parte integrante de la presente. ARTICULO 2°: Disponer, que las normas de la Circular Nº 3 tendrán vigencia para los estados contables anuales o de períodos intermedios correspondientes a los ejercicios que se inicien a partir del 1° de Enero de 2012. ARTICULO 3°: Comunicar a los matriculados, a la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, al Registro Público de Comercio, a la Agencia Salta de la Dirección General Impositiva, a la Dirección General de Rentas de la Provincia, a la Dirección General de Rentas Municipal, a la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, a la Facultad de Economía y Administración de la Universidad Católica de Salta, a las Cámaras Empresarias, entidades financieras, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, copiar y archivar. |
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Información General | ||||
Normas Internacionales de Información Financiera Disponible para la venta en el CPCES |
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Información General | ||||
Normas relacionadas con la prevención del Lavado de Activos.
Artículo 1° - Reemplazar el inciso b) i) de la sección 2.20, de la segunda parte de la Resolución JG 420-11 “Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y síndico societario relacionadas con la prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo”, por el siguiente: Artículo 2° - Reemplazar la sección 2.23, de la segunda parte de la Resolución 420-11 “Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y síndico societario relacionadas con la prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo”, por la siguiente: “2.23. La norma reglamentaria no prevé la actualización monetaria automática del límite de $8.000.000, ni tampoco excepciones a los límites mencionados”. Artículo 3° - Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación la aprobación de esta Resolución en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4° - Registrar esta Resolución en el libro de resoluciones, publicarla en el Boletín Oficial de la República Argentina y comunicarla a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país y a los organismos nacionales e internacionales pertinentes. |
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Información General | ||||
Aplicación obligatoria de la RT 26 para licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas. Artículo 1 - Establecer que las sociedades emisoras de acciones u obligaciones negociables que sean licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas no deberán presentar sus estados financieros preparados sobre la base de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), adoptadas por la Resolución Técnica 26, sino hasta aquellos ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2013. Artículo 2 - Establecer que se aplicará, en forma obligatoria, el mismo criterio para las entidades emisoras cuyos principales activos estén constituidos por inversiones en las sociedades licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas, siempre que se den las siguientes condiciones simultáneamente: Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. a) Que la inversión en dichas sociedades licenciatarias constituya el principal activo de la sociedad emisora; b) Que la sociedad emisora posea una participación en el capital social que le otorgue el control de las referidas sociedades licenciatarias. Artículo 3 - Establecer que como consecuencia de lo establecido en los artículos anteriores, se deja sin efecto la obligación para estas compañías, de presentar, como nota informativa a los estados financieros por los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2011, preparados sobre la base de las normas profesionales vigentes (excluyendo la Resolución Técnica Nº 26 y su modificatoria la Resolución Técnica Nº 29), una conciliación del patrimonio neto y de los resultados con los que surgirían de aplicar las NIIF. Artículo 4 - Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación la aprobación de esta Resolución en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 5 - Dar cuenta de la presente resolución a la Junta de Gobierno, en su próxima reunión del 30 de marzo de 2012, registrar esta Resolución en el libro de resoluciones, publicarla en el Boletín Oficial de la República Argentina y comunicarla a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país y a los organismos nacionales e internacionales pertinentes. |
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Información General | ||||
Impuesto sobre los ingresos brutos. Los deudores incobrables en el marco del Convenio Multilateral: un criterio diferente. Por el Dr. Richard L. Amaro Gómez....
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Información General | ||||
Contrato de trabajo. Sueldo anual complementario. Aguinaldo. Por el Dr. Honorio Alberto Díaz....
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Información General | ||||
Consultas
Impuesto a las ganancias
A raíz de una inspección un contribuyente monotributista es intimado a que se de alta en el IVA con efecto retroactivo al 01/01/2011. Este contribuyente se dará de baja en el Monotributo en abril de 2012 y se dará de alta en IVA, ganancias y autónomos a partir de mayo de 2012. Vía multinota pedirá a la agencia el alta en el IVA con efecto retroactivo. ¿Corresponde liquidar impuesto a las ganancias por el año 2011 por el alta retroactiva en el IVA? ¿Qué porcentaje puede tomar del monotributo ya pagado a cuenta del IVA mensual? Remitos ¿Es correcto que un monotributista tenga remitos R para entregar su mercadería? Bienes personales. Plan de facilidades de pago ¿Cuáles son los códigos para abonar el saldo de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales a través de un plan de facilidades de pago de 3 cuotas de la Resolución General Nº 984? Locación de inmuebles |
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Información General | ||||||||||
Jurisprudencia
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Centro de Información Bibliográfica | ||||||||||||||||||||||
Centro de Información Bibliográfica
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¿Sabía Ud. Que? | ||||||||||||||
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Novedades FACPCE | ||||
Publicación realizada por la FACPCE, con motivo de la celebración del Día del Graduado en Ciencias Económicas en el Diario Clarín
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Novedades FACPCE | ||||
Designación de Coordinadores de la Comisión de asuntos Tributarios - Resolución MD 665/12
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Novedades FACPCE | ||||
Postergan el arancelamiento de los créditos bajo la normativa del Sistema Federal de Actualización Profesional - Resolución MD 667/12
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Novedades FACPCE | ||||
Martin Edelmann fue designado como miembro del IASB Los Trustees de la Fundación IFRS anunciaron hoy el nombramiento de Martin Edelmann como un nuevo miembro del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) por un período inicial de 5 años desde el 1ro de Julio de 2012 y renovable por otro término de 3 años. |
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Novedades AFIP | ||||
Servicio de Novedades AFIP |
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Novedades Nacionales | ||||
Listado de Novedades Legales Nacionales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo |
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Novedades Provinciales | ||||
Listado de Novedades Legales Provinciales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo |
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