CPCE - Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
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Martes 15 de Octubre de 2013

583
Boletín Electrónico del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
UNA PROFESION CAPACITADA AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD
“NORMAS DE AUDITORIA, REVISIÓN, OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO, CERTIFICACIÓN Y SERVICIOS RELACIONADOS”

En el presente Boletín Electrónico se continúan informando los cambios que se aplicaran a partir del 01/01/2014, teniendo en cuenta la derogación de la Resolución Técnica Nº 7, después de 28 años de vigencia.
Se encuentra en consulta la Circular N° 5 de Adopción de las NIIF
El Consejo Emidor de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) puso en consulta hasta el día 24 de octubre de 2013, la Circular N° 5 de Adopción de NIIF.
www.facpce.org.ar/web2011/Noticias/cencya_circular_5.html
Sumario
Información General
Secretaria Técnica - Normas de Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados
Blanqueo: Hasta el 31 de diciembre de 2013
FAECyS vs. Google: Los empleados del buscador son de Comercio
Procedimiento de instalación de aplicativos con Windows Vista, 7 y 8. Por la Dra. María Mercedes Michetti....
Consultas
Aportes y contribuciones a la seguridad social
Licencia
Servicio doméstico. A.R.T.
Empleado jubilado. Obra social
Empleados de comercio. Seguros
Examen preocupacional
Centro de Información Bibliográfica
Ultimas Novedades bibliográficas incorporadas
Artículos Publicados Disponibles - Enfoques Nº4 04/13
Bibliografía Especializada Disponible - Finanzas Públicas, Cuarta Entrega
¿Sabía Ud. Qué...?
Nuevo recibo de sueldo para trabajadores de casas particulares
La Justicia puso un freno a la AFIP para allanar la vivienda de un presunto evasor
Novedades FACPCE
Se inauguraron las Jornadas Nacionales PyME
Audiencia con el Banco Central de la República Argentina
Reunión de la Comisión de PyME
Novedades AFIP
Servicio de Novedades AFIP
Novedades Nacionales
Comunicación BCRA A 5485. Lavado de dinero. Sanciones
Comunicación BCRA C 64377. Acreditación de transferencias de fondos efectuadas en concepto de pagos de beneficios por la Administración Nacional de Seguridad Social...
Información General

Secretaria Técnica - Normas de Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados

En el presente Boletín Electrónico se continúan informando los cambios que se aplicaran a partir del 01/01/2014, teniendo en cuenta la derogación de la Resolución Técnica Nº 7, después de 28 años de vigencia.

Capítulo III - Normas de auditoría
En las siguientes secciones analizaremos las modificaciones introducidas respecto de la auditoría.

Auditoría externa de estados contables con fines generales

Normas sobre informes
La resolución técnica 37 introduce las siguientes modificaciones en el informe del auditor para armonizarlo con el emitido de acuerdo con las NIA:
a) el informe del auditor pasa a titularse ahora como “Informe del auditor independiente”;
b) se eliminan los párrafos de “alcance” y “aclaraciones previas”, y se incorporan párrafos de “responsabilidad de la dirección en relación con los estados contables”, “responsabilidad del auditor”, y en caso de que corresponda, “fundamentos de la opinión modificada(5)”, y “párrafo de énfasis” y/o “párrafos de otras cuestiones”;
c) el párrafo de “identificación de los estados contables objeto de la auditoría” ahora pasa a ser el “apartado introductorio”, y el párrafo de “dictamen u opinión” cambiará su denominación en función del tipo de dictamen a emitir (“opinión con salvedades”, “opinión adversa” o “abstención de opinión”);
d) cuando se incorpore el párrafo de “información especial requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales o de los organismos de control o de la profesión”, debe agregarse un subtítulo de “Informe sobre los estados contables” antes del apartado introductorio;
e) en el “apartado introductorio”, se requiere hacer referencia explícita a la nota a los estados contables que resume las políticas contables significativas aplicadas por el emisor de estos;
f) se agrega en el párrafo de “Responsabilidad de la dirección” una mención explícita a la responsabilidad de la dirección sobre los estados contables y el control interno;
g) se agregan en el párrafo de “Responsabilidad del auditor” menciones a:

  1. el desarrollo de la auditoría aplicando:
    a) las normas de la resolución técnica 37; y
    b) las normas de ética;
  2. si se obtuvo evidencia de auditoría apropiada y suficiente; y
  3. se incluye una explicación de las responsabilidades del auditor y de lo que es una auditoría.
h) dictamen u opinión: se incorpora la diferenciación entre “marco de presentación razonable” y “marco de cumplimiento” con respecto a la forma de la opinión;
i) se eliminan las salvedades indeterminadas y abstenciones por “incertidumbres”, las que ahora son incluidas dentro del párrafo de énfasis sin modificar la opinión. Sin embargo, se admite la abstención de opinión cuando existen múltiples incertidumbres que impiden formar una opinión debido a su posible interacción y efecto acumulativo sobre los estados contables;
j) las salvedades ahora deben exponerse claramente en un párrafo anterior a la opinión llamado, según corresponda, “Fundamentos de la opinión con salvedades”, “Fundamentos de la opinión adversa” o “Fundamentos de la abstención de opinión”;
k) se aclara cuando un desvío a las normas contables o limitación al alcance implica una opinión favorable con salvedades, y cuando una abstención de opinión u opinión adversa. Será opinión favorable con salvedades cuando las cuestiones sean “significativas pero no generalizadas” y abstención o adversa cuando sean “significativas y generalizadas”;
l) se elimina la salvedad por falta de uniformidad que requiere la resolución técnica 7 para el caso de falta de uniformidad en la aplicación de las normas contables. La resolución técnica 37 solo requiere la salvedad cuando se ha producido un desvío a las normas contables;
m) se elimina la “opinión parcial” prevista en la resolución técnica 7, para lograr la congruencia con las NIA;
n) se agrega el “Párrafo de énfasis” el cual se refiere a una cuestión presentada o revelada de forma adecuada en los estados contables. Corresponde incluir este párrafo en el informe:
  1. cuando esa cuestión explique una incertidumbre significativa sobre el supuesto de empresa en funcionamiento; o que los estados contables fueron preparados sobre la base de un marco regulatorio de información contable que no es aceptable para las normas contables profesionales; o cuando los estados contables son modificados por un hecho del que se toma conocimiento después de las fechas originales en que la dirección del ente aprobó los estados contables y el auditor emitió su informe (alternativamente, esta última cuestión puede cubrirse en el párrafo sobre otras cuestiones); o
  2. cuando el contador considere necesario llamar la atención de los usuarios sobre alguna otra cuestión que a su juicio es fundamental para una adecuada comprensión de los estados contables.
o) se agrega el “Párrafo de otras cuestiones”, el cual se refiere a una cuestión distinta de las presentadas o reveladas en los estados contables el cual se requiere cuando:
  1. el auditor exprese una opinión sobre el período precedente que difiera de la que previamente expresó, en cuyo caso deberá revelar en un párrafo sobre otras cuestiones los motivos fundamentales de la opinión diferente;
  2. cuando los estados contables del período anterior hayan sido auditados por otro contador, el contador actual incluirá en su informe, ya sea que la información comparativa corresponda a estados contables con cifras correspondientes o a estados contables comparativos, un párrafo sobre otras cuestiones que indique: a) que los estados contables del período anterior fueron auditados por otro contador; b) el tipo de opinión expresada por ese contador y, si era una opinión modificada, las razones que lo motivaron; y c) la fecha del informe del otro contador;
  3. cuando se presentara información adicional no requerida por el marco de información contable aplicable excluida del objeto de la auditoría, que no estuviera identificada como no auditada, el contador explicará, en el párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría sobre los estados contables, que dicha información no está cubierta por su informe;
  4. cuando se presentara otra información en un mismo documento que contiene los estados contables auditados y cuya modificación fuera necesaria por presentar incongruencias significativas con estos últimos y la dirección se negara a realizarla, el contador debe, según las circunstancias, incluir en su dictamen un párrafo sobre otras cuestiones que describa la incongruencia, no emitir el dictamen del auditor o bien retirarse del encargo, si esto fuera posible o no dar el consentimiento para el uso de su informe, en caso de que el informe hubiera sido emitido con anterioridad.
p) se presentan dos enfoques generales distintos para la información comparativa:
  1. 1. “estados contables con cifras correspondientes de períodos anteriores”: en cuyo caso, la opinión se refiere solamente al período actual, ya que las cifras correspondientes forman parte de los estados contables del período actual; o
  2. 2. “estados contables comparativos”: en cuyo caso, la opinión se refiere a cada período para el que se presentan estados contables.
q) la resolución técnica 37 agrega la posibilidad de incorporar información requerida por disposiciones legales en un informe por separado, cuando esto esté permitido;
r) la resolución técnica 37 especifica ahora que el lugar de emisión del informe del auditor es la jurisdicción donde ejerce el auditor;
s) se aclara que la fecha del informe no puede ser anterior a la fecha de aprobación de los estados contables por la dirección;
t) en cuanto a la presentación, la resolución técnica 37 requiere que todas las hojas de los estados contables básicos deben estar firmadas o inicialadas;
u) cuando se presentara información adicional no auditada formando parte de los estados contables, la resolución técnica 37 indica que el auditor debe requerir que se distinga claramente de los estados contables, en caso contrario debe requerir que esa información figure como “no auditada”. Si la dirección se negara a hacerlo, el auditor debe incluir un párrafo de otras cuestiones indicando que esa información no está auditada;
v) en cuanto a la otra información en los documentos que contienen estados contables, debe leerse la documentación para ver si hay incongruencias de la otra información con los estados contables o aparentes incorrecciones significativas en la descripción de un hecho. Si se deben modificar los estados contables y la dirección no lo hiciera, se incluirán salvedades en el informe. Si correspondiera modificar la otra información y la dirección no lo hiciera, el auditor debe incluir un “Párrafo de otras cuestiones” describiendo la incongruencia, no emitir el informe de auditoría o retirarse del encargo, o no dar consentimiento para el uso del informe.

Información General

Blanqueo: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Se prorroga la aplicación del Régimen de Exteriorización Voluntaria de Tenencia de Moneda Extrajera en el País y en el Exterior.
Por razones operativas y con la finalidad de que una mayor cantidad de sujetos puedan exteriorizar sus tenencias y acogerse a los beneficios se prorroga el plazo de adhesión por 3 meses calendarios contados a partir del 1° de octubre de 2013.
Este régimen dispone que las personas físicas, sucesiones indivisas y sujetos comprendidos en el art. 49 de la Ley de Ganancias, inscriptos o no, puedan exteriorizar voluntariamente la tenencia (al 30 de abril de 2013 inclusive) en moneda extranjera en el país y en el exterior.

Información General

FAECyS vs. Google: Los empleados del buscador son de Comercio

La cámara del trabajo le ordenó a Google el pago de la contribución solidaria establecida en artículo 100 del CCT130/75 para los empleados de comercio

Información General

Procedimiento de instalación de aplicativos con Windows Vista, 7 y 8. Por la Dra. María Mercedes Michetti....

Información General

Consultas

Aportes y contribuciones a la seguridad social
¿Cuál es la remuneración bruta mínima para aportes jubilatorios en 10/2012?

Licencia
Una empleada que tiene 18 meses de antigüedad, le comunica a su empleador que se someterá una intervención quirúrgica estética, ¿cómo se consideran las ausencias? Servicio doméstico. A.R.T.
¿Para una empleada doméstica que trabaja más de 16 horas semanales, existe alguna A.R.T. que el empleador deba contratar? ¿o no está obligado? ¿Existe algún seguro habitual que se utilice? Empleado jubilado. Obra social
En la empresa incorporamos un jubilado como empleado en relación de dependencia, cuando ingresamos la opción 2 jubilado en el aplicativo SICOSS no nos deja agregar el código de obra social que tenía esta persona. ¿Cómo se debe proceder con su obra social para que derive aportes como un empleado NO jubilado? Empleados de comercio. Seguros
¿Además del seguro de vida obligatorio que se paga en el F. 931, qué otro seguro debe tener un empleado de comercio en forma obligatoria? Examen preocupacional
¿Dónde tiene que hacerle una empresa el examen preocupacional a las personas que van a ingresar a la misma?

Centro de Información Bibliográfica

Centro de Información Bibliográfica

Ultimas Novedades bibliográficas incorporadas en un ambiente de fácil acceso y lectura, con carátulas, resúmenes o índices
ARTÍCULOS PUBLICADOS DISPONIBLES BIBLIOGRAFÍA ESPECIALIZADA DISPONIBLE
Enfoques Nº4 04/13 Finanzas Públicas, Cuarta Entrega

¿Sabía Ud. Qué...?

Nuevo recibo de sueldo para trabajadores de casas particulares La Justicia puso un freno a la AFIP para allanar la vivienda de un presunto evasor
La AFIP brinda más herramientas para que los empleadores regularicen la situación de los trabajadores de casas particulares, en esta ocasión pone en funcionamiento el recibo de sueldo para los trabajadores y el Volante Electrónico de Pago para efectivizar la liquidación de las cargas En una reciente causa, la Cámara en lo Penal Económico rechazó un pedido realizado por el organismo de recaudación ya que no contaba con información precisa del contribuyente. ¿Cuáles fueron los argumentos de los magistrados?. Las claves del caso y la opinión de los especialistas
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Novedades FACPCE

Se inauguraron las Jornadas Nacionales PyME

En el acto de apertura participó el Dr. Gabriel Nicolás Katopodis, Intendente de San Martín; junto a los Dres. Alfredo Avellaneda, Presidente del CPCE Buenos Aires; Ricardo A. Perelmiter y José Ignacio Simonella, Vicepresidente 1º a cargo de la presidencia de FACPCE, quien dio inicio a las Jornadas.

Novedades FACPCE

Audiencia con el Banco Central de la República Argentina

El martes 8 de octubre el Lic. Miguel Angel Pesce, Vicepresidente del Banco Central, acompañado por funcionarios, recibió al Lic. José Ignacio Simonella, Vicepresidente 1º de nuestra Federación.

Novedades FACPCE

Reunión de la Comisión de PyME

En el marco de la realización de las Jornadas Nacionales de PyME, se está llevando a cabo la reunión de la Comisión de PyME en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Economicas de Buenos Aires - Delegación San Martín.

Novedades AFIP

Servicio de Novedades AFIP

Novedades Nacionales

Listado de Novedades Legales Nacionales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo

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