CPCE - Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
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Lunes 13 de Abril de 2015

645
Boletín Electrónico del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta
UNA PROFESION CAPACITADA AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD
Encuesta
DGR
DGRM
Sumario
Información General
Monotributo. Exclusión de pleno derecho. Publicación del listado de contribuyentes excluidos. Marzo 2015
El régimen de información de operaciones inmobiliarias para el alquiler de inmuebles
Fallo Corte Suprema. Hecho imponible en el IVA e Importancia de la prueba. Facturas apócrifas
Nuevo régimen de facilidades de pago
Consultas
Ganancias. Sucesión indivisa
DDJJ Impuesto a las Ganancias 2014
Bienes Personales. Valuación de inmueble
Centro de Información Bibliográfica
Ultimas Novedades bibliográficas incorporadas
Artículos Publicados Disponibles - Consultor Agropecuario Nº 7, 04/14
Bibliografía Especializada Disponible - Empresa en Crisis, 5º entrega
¿Sabía Ud. Qué...?
El matrimonio con separación de los bienes será legal desde el 1 de agosto
Planes de pago: la Justicia le pone un nuevo freno a las ejecuciones fiscales de la AFIP
Los argentinos ya no tendrán internet "ilimitado" en sus teléfonos celulares
Novedades FACPCE
FACPCE informa que se mantuvo una reunión, con el Sr. Subdirector General de Recaudación de la AFIP, Dr. José Bianchi - Funcionamiento Aplicativo V16 Ganancias y Bienes Personales
Novedades AFIP
Servicio de Novedades AFIP
Novedades Nacionales
Resolución General AFIP 3758/2015. Empleadores. Seguridad Social. DDJJ proforma. Empleados mínimos. Suba
Resolución CGEP 1/15. Enseñanza privada. Sueldos básicos para el personal no docente que se desempeña en establecimientos educativos de gestión privada en la Zona 1, a partir del 1/3/15....
Resolución CGEP 2/15. Enseñanza privada. Sueldos mínimos para el personal docente que se desempeña en establecimientos educativos de gestión privada, libres y generales a partir del 1/3/15....
Resolución S Com 50/15. Defensa del consumidor. Lealtad comercial. Defensa de la competencia. Tribunales nacionales. Mediación y conciliación. Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC). Ley 26.993. Bases para el funcionamiento del Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito....
Resolución SPMEDR 83/2015. Aulas virtuales. Centros de Formación e Investigación. Universidades Públicas. Parques industriales. Año 2015. Presentación
Decreto 451/2015. Bienes de capital. Fabricantes. Incentivo Fiscal. Requisitos. Vigencia
Decreto 504/2015. Asignaciones Familiares. Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Ayuda Escolar
Decreto 505/2015. Políticas Sociales. Jóvenes. Estudios. Incentivo. Flexibilización
Novedades Provinciales
Salta - Resolución General DGR 4/15. Obligaciones tributarias. Aplicación informática D.G.R. Salta Móvil. Su aprobación. Consultas de vencimientos de impuestos provinciales....
Salta - Resolución General DGR 5/15. Impuesto a las actividades económicas. Exenciones. Constancias emitidas en el año 2014. Serán consideradas como constancia de no retención/no percepción hasta el 30/4/15....
Salta - Resolución General DGR 6/15. Actividades económicas. Agentes de retención. Res. Gral. D.G.R. 8/03. Su modificación....
Tucumán - Resolución General DGR 35/15. Impuesto de sellos. Escribanos. Programa aplicativo Declaración jurada - Agentes de percepción - Impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios - Res. Gral. D.G.R. 73/11 - Versión 2.0.
Tucumán - Resolución General DGR 36/15. Impuesto de sellos. Agentes ...
Catamarca - Resolución General AGR 9/15. Facilidades de pago y moratorias. Vencimientos del 25/3/15. Se prorroga su vencimiento hasta el 30/3/15, exclusivamente para los Departamentos de Tinogasta, Belén y Andalgalá....
Información General

Monotributo. Exclusión de pleno derecho. Publicación del listado de contribuyentes excluidos. Marzo 2015

En el Boletín Oficial del pasado 01/04/2015 se publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y la cual se publica el primer día hábil de cada mes, a cuyo efecto los contribuyentes deberán consultar el indicado sitio al que se accederá mediante el uso de la "Clave Fiscal" (Res. Gral. 3640/2014) (incluye listado completo)
Fecha de proceso exclusiones: 03/03/2015

Información General

El régimen de información de operaciones inmobiliarias para el alquiler de inmuebles

La Resolución General AFIP 2820 dispone que a partir del período fiscal 2015, entra en vigencia el régimen de información de operaciones inmobiliarias referido a la locación de inmuebles urbanos. Hasta el 28/2/2015 se considera cumplida en término la presentación de la información respectos de los citados contratos y/o cesiones celebrados con anterioridad al 1/1/2015 y que se encuentren vigentes a esa fecha. A filo del vencimiento, el 25/2/2015 el Fisco emite la Resolución General AFIP 3743 en donde se prorroga al 1/7/2015 la entrada en vigencia de dicho régimen de información

Información General

Fallo Corte Suprema. Hecho imponible en el IVA e Importancia de la prueba. Facturas apócrifas

Fallo completo "Feretti, Felix Eduardo c/DGI, CSJN, 10/03/2015"  (incluye destacado de párrafos esenciales)
* La Ley del IVA subordina el derecho al cómputo del crédito fiscal en el IVA, a la circunstancia de que el hecho imponible se haya perfeccionado respecto -en el caso- de los vendedores de los bienes, extremo que no se cumple en las presentes actuaciones, pues la actora no ha logrado acreditar que los proveedores impugnados hayan realizado las operaciones de venta que aquél les adjudicó.
* Si bien la Ley de Procedimiento Fiscal otorga carácter limitado a la revisión de la alzada y, en principio, queda excluido de ella el juicio del Tribunal Fiscal respecto de los extremos de hecho, resulta evidente, como surge del último párrafo del mencionado artículo, que no se trata de una regla absoluta y que, por consiguiente la cámara debe apartarse de las conclusiones del mencionado organismo jurisdiccional cuando éstas presentan deficiencias manifiestas
* Se revoca la sentencia apelada y se confirma el acto administrativo en cuanto determinó la obligación tributaria con base a la impugnación de los proveedores de chatarra, aplicó multa y liquidó intereses, pues el Tribunal Fiscal- cuya decisión la Cámara confirma- ha efectuado un examen notoriamente superficial de los fundamentos de la pretensión del organismo recaudador y revela graves deficiencias en la valoración de las pruebas reunidas en el proceso, lo que imponía al a quo la revisión de lo decidido por aquél

Información General

Nuevo régimen de facilidades de pago

A través de la Res. Gral. AFIP 3756 se establece un régimen especial de facilidades de pago para obligaciones vencidas al 28 de febrero de 2015, inclusive.
Estará destinado para la cancelación de: obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el día 28 de febrero de 2015, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas; Multas aplicadas y/o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 28 de febrero de 2015, inclusive, sus intereses y actualizaciones; Ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora conformados por el responsable, que se hayan iniciado y registrado en los sistemas informáticos hasta el día 28 de febrero de 2015; el impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas, del art. 37 de la ley de Ganancias; deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos; cuotas mensuales del impuesto inte grado y las cotizaciones previsionales fijas del Monotributo; obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “MIS FACILIDADES” que se encuentren en condiciones de caducidad al 28 de febrero de 2015, y sean susceptibles de ser incluidas.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, la que cancelará el 7% del total de la deuda consolidada. La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 120. La tasa de interés de financiamiento será de1,90% mensual.
Condiciones para adherir al plan:
a) Que las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por las que se solicita la cancelación financiada, se encuentren presentadas a la fecha de adhesión al régimen.
b) Que las obligaciones con vencimientos posteriores al 28 de febrero de 2015 y hasta la fecha máxima permitida para la adhesión del plan, se encuentren presentadas y canceladas o regularizadas, siendo este requisito condición resolutoria para la aceptación del plan propuesto.
c) Que en el caso de tratarse de empleadores, la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F. 931 vencida en el mes anterior a la fecha adhesión sea igual o superior a la consignada en la declaración jurada F. 931 del período fiscal diciembre de 2014. Esta última cantidad deberá mantenerse sin disminuciones durante todo el período de cumplimiento del plan.
La adhesión al régimen deberá formalizarse hasta el día 31 de mayo de 2015, inclusive.
Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión, y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo. Habrá un segundo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.
Vigencia: a partir del 27 de marzo de 2015. El sistema estará operativo a partir del 1° de abril de 2015.

Información General

Consultas

Ganancias. Sucesión indivisa
Un contribuyente que falleció el 24-08-2014. Debe presentar ganancias por el período 01-01-2014 a 24-08-2014 a nombre del contribuyente. La presentación de la sucesión indivisa por el período 25-08-2014 al 31-12-2014 (dado que tienen el mismo cuit) ¿Cómo se presenta, como rectificativa 1?

DDJJ Impuesto a las Ganancias 2014
Un trabajador en relacion de dependencia inscripto en el impuesto a las ganancias por ser también director de S.A., tuvo hasta agosto 2013 remuneraciones brutas inferiores a $ 15.000. Durante el año 2014 recibió una aumento de sueldos que elevó dicha cifra. Dado que la norma no ha sido modificada , el software de liquidacion anual del impuesto a las ganancias 2014 no contempla esta situacion en DEDUCCION ESPECIAL imponiendo un tope. ¿Es correcto colocar la diferencia como remuneracion exenta? Bienes Personales. Valuación de inmueble
La valuación fiscal homogénea es la valuación fiscal, pero las normas de bienes personales establecen que se debe comparar con la base imponible del impuesto inmobiliario, la cual es la VFH multiplicada por 4. Esto surge del dictamen Nº 12/2013 (DAT). Normativamente no hay aclaraciones Un dictamen en este caso el 12/2013 DAT, ¿tiene fuerza de ley como para liquidar el impuesto de esa manera?

Centro de Información Bibliográfica

Centro de Información Bibliográfica

Ultimas Novedades bibliográficas incorporadas en un ambiente de fácil acceso y lectura, con carátulas, resúmenes o índices
ARTÍCULOS PUBLICADOS DISPONIBLES BIBLIOGRAFÍA ESPECIALIZADA DISPONIBLE
Consultor Agropecuario Nº 7, 04/14 Empresa en Crisis, 5º entrega

¿Sabía Ud. Qué...?

El matrimonio con separación de los bienes será legal desde el 1 de agosto Planes de pago: la Justicia le pone un nuevo freno a las ejecuciones fiscales de la AFIP
El flamante Código Civil y Comercial admite dos regímenes económicos para el matrimonio, la actual "comunidad" y la separación de bienes con un núcleo común para la familia Un tribunal de Mendoza ordenó que el fisco suspenda el inicio de esta medida ante la declaración de caducidad de regímenes de facilidades caídos en relación a una empresa. Según el fallo, “la impugnación deducida ante la autoridad administrativa opera como una suerte de proceso pendiente"
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Los argentinos ya no tendrán internet "ilimitado" en sus teléfonos celulares
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Novedades FACPCE

FACPCE informa que se mantuvo una reunión, con el Sr. Subdirector General de Recaudación de la AFIP, Dr. José Bianchi - Funcionamiento Aplicativo V16 Ganancias y Bienes Personales

En la cual se analizó el funcionamiento de la v16 del aplicativo Ganancias y Bienes Personales, y las dificultades que presenta el mismo, encontrándose en conjunto las soluciones para su operatividad.

La Administración Federal, las incluiría en ABC - consulta y respuesta frecuentes.

Se le solicitó, que se facilite el acceso a las mismas, en un apartado especial, que en el día de la fecha ya fue incorporado.

ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas

10/04/2015.

Novedades - Ganancias y Bienes Personales

- Bienes Personales: Para conocer las consultas sobre la normativa ingrese aquí.
- Impuesto a las Ganancias: Para conocer las consultas sobre la normativa ingrese aquí.
- APLICATIVO UNIFICADO GANANCIAS - BIENES PERSONALES VERSIÓN 16: Para mayor información sobre el aplicativo vigente ingrese aquí.
IMPORTANTE: Para acceder a los servicios con clave fiscal, se recomienda tener instalado Internet Explorer Versión 6.0 o superior. Para más información, ingrese aquí.

Novedades AFIP

Servicio de Novedades AFIP

Novedades Nacionales

Listado de Novedades Legales Nacionales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo

Novedades Provinciales

Listado de Novedades Legales Provinciales, con una síntesis de lo que trata cada una y acceso al texto completo

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