78 Años al Servicio de los Matriculados
Novedades Legales - Boletín Nº 997
Novedades Nacionales
Resolución General AFIP 5358/2023. Ganancias. Empleados. Jubilados. Deducciones. Subas. Aguinaldo. Guardias médicas. Exención. Período Fiscal. Año 2023. Implementación Se dispone la implementación del flamante incremento extraordinario de determinadas deducciones para empleados en relación de dependencia y otros como así también la exención de en las guardias obligatorias y horas extras por profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud en el impuesto a las Ganancias (Leyes 27701, 27718 y Dec 267/2023) Gravamen: Impuesto a las Ganancias Sujetos 1-Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros. 2-Con retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Agentes de retención: procedimiento Deducción especial incrementada: subas. Haberes brutos No pago impuesto 1-Enero-Abril 2023: $ 404.062 2-Desde Mayo 2023: $ 506.230 Pago progresivo 1-Enero-Abril 2023: $ 404.062 a $ 466.017 2-Desde Mayo 2023: $ 506.568 a $ 583.851 (ver tramos) Periodo fiscal DDJJ 2023. Procedencia: promedio mensual por tramo Sueldo Anual Complementario 2023. Exención: $506.230 y el promedio 1er semestre (rem. y/o haber bruto) Base: remuneración y/o haber bruto mes o el promedio -el que fuere menor- Sector: Salud pública y privada Sujetos: profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo Concepto. Remuneraciones: guardias obligatorias y diferencia horas extras y ordinarias Gravabilidad: exención Jurisdicción: todas Recibo de haberes. Leyenda: «Exención 2do parraf…» VIGENCIA Y EFECTOS Haberes: devengados desde 01/05/2023 SAC: año calendario 2023 Normativa: 15/05/2023
Resolución General AFIP 5359/2023. Sector público. Deudas impositivas y previsionales. Multas. Intereses. Condonación total. Procedimiento Se disponen los requisitos, procedimiento y demás condiciones del "Régimen de Regularización Tributaria" para los diversos niveles del Estado y Organismos públicos respecto de sus deudas tributarias (Ley 27701) Sujetos: Administración Nacional y organismos descentralizados nacional, provincial y municipal Obligaciones: deudas impositivas, aduanera, previsionales, sus intereses y multas Obligaciones. Exclusiones: Aportes y Contribuciones Obra Social y ART Condonación: total (100%) Fecha de corte: al 31/10/2022 Allanamiento: deudas en discusiones administrativa, judicial o en ejecución Sistema registral. Caracterización: código “554" Adhesión. Servicio AFIP: "Presentaciones digitales" opción “Régimen de Regularización Tributaria Ley N° 27.701” Adhesión. Documentación: 1) Personería y 2) DDJJ suscripta compromiso regularización Adhesión. Plazos 1-Hasta 15/06/2023 2-Hasta 31/08/2023 si código AFIP 554 Adhesión. Rechazo. Disconformidad. Plazo: hasta 31/07/2023 Vigencia: 17/05/2023
Resolución General AFIP 5360/2023. Jubilados y Beneficiarios sociales. Compras. Reintegro bancario. Monto. Suba. Vigencia. Prórroga Se prorroga nuevamente el régimen de reintegros para determinados sujetos a sectores vulnerados y operaciones (Res Gral 4676/2020 y modif. y ult. 5309/2022) Sujetos comprendidos: quienes perciban 1) Jubilaciones, 2) Pensiones contributivas, 3) Asignación universal por hijo y por Embarazo. Sujetos excluidos: quienes perciban 1) múltiples beneficios, 2) sujetos bienes personales -excepto casa habitación-, 3) sujetos en Ganancias, Monotributo -excepto social- o Autónomos. Operaciones: compras de bienes muebles (según listado) Medios de pago: tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios previsionales. Reintegro: 15 por ciento Tope: $ 4.056 mensuales y $ 8.114 si múltiple con AUH, AUE o pensión- (ant $2.028 y $4.057 ) (NUEVO) Plazo: 24 horas luego de la compra. Padrón: consulta desde www.afip.gob.ar/reintegro Régimen de información: entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. Régimen de imputación o reintegros: entidades financieras que acrediten el reintegro. Aplicatoriedad. Extensión: hasta 31/12/2023 (ant 30/06/2023) (NUEVO) Vigencia: 01/07/2023
Resolución General AFIP 5361/2023. Deudas fiscales. Plan de Pagos especial. Condiciones preferenciales. Adhesión. Vigencia Se establece un régimen de facilidades de pago "especial 2023" de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras a regularizar (Res. Gral. 5321/2023) Sujetos: todos los contribuyentes Obligaciones: impositivas, previsionales, multas, cargos aduaneros y planes caducos al 17/05/2023 Exclusiones: retenciones, percepciones, anticipos y/o pagos a cuenta. IVA servicios exterior y digitales, Obras Sociales, ART, RENATRE, RENTEA, Casas particulares, Cigarrillos, Planes de pago vigentes (excepto fiscas), RS ISIB, sus intereses y multas (excepto int de capital cancelado) Régimen: de Facilidades de pago "especial 2023" Tipos de planes. Deuda: 1) General, 2) Aportes Seguridad Social, 3) Retenciones y Percepciones y 4) Aduanera Compra venta moneda extranjera CCL: rechazo del plan durante vigencia CONDICIONES (según tabla) Tipos de contribuyentes: 1) Pequeños Contribuyentes, 2) MiPyMes Tramo 1 y 2 y 3) Entidades sin fines de lucro Perfil de cumplimento: NO consideración (IMPORTANTE) Certificado PyMe: estado vigente (IMPORTANTE) Cuotas: hasta 84 mensuales (IMPORTANTE) Tasa financiación: 70% al 100% interés resarcitorio (vigente 5,91% mensual) Consolidación deuda: a la fecha de adhesión Pago a cuenta: NO exigibilidad (IMPORTANTE) Débitos: únicamente vía CBU dia 16 o día 12 mes siguiente (rehabilitación) Caducidad: falta e pago 1 o 3 cuotas (según contribuyente) En discusión administrativa, judicial o ejecución fiscal: allanamiento Adhesión. Plazo: hasta 30/09/2023 (IMPORTANTE) Adhesión. Servicio: “Mis Facilidades”, opción “RG 5.361 - Plan de Facilidades de Pago Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023”, Disponibilidad adhesión: desde lunes 29/05/2023 Vigencia: 17/05/2023
Novedades Provinciales
Comisión Arbitral
Disposición CA 7/2023. Ingresos Brutos. DDJJ Anual CM05 2022. Vencimiento. Plazo. Prórroga Junio 2023 Se dispone la extensión del plazo de fechas de vencimiento en la presentación y pago de determinadas DDJJ en el Impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral (Res Gral 13/2022) . Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Convenio Multilateral Obligaciones. DDJJ: Anual CM05. Año 2022 Vencimiento único. Plazo: hasta viernes 30/06/2023 (ant 15 al 18/05/2023) (NUEVO) Coeficiente unificado: último balance o ajustar al 4to anticipo (Res Gral 10/2019)
NOVEDADES MUNICIPALES
En caso de no ver correctamente el mail, haga click en el siguiente enlace:
Boletín Electrónico 997