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Secretaria Técnica – Normas de Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados
En el presente Boletín Electrónico se continúan informando los cambios que se aplicaran a partir del 01/01/2014, teniendo en cuenta la derogación de la Resolución Técnica Nº 7, después de 28 años de vigencia.
Análisis de las modificaciones introducidas por la nueva RT 37
Capítulo II – Normas comunes a los servicios de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados
Condición básica para el ejercicio profesional en los servicios previstos en la resolución técnica 37
Normas para el desarrollo del encargo
En cada uno de los apartados siguientes, analizaremos en detalle las modificaciones introducidas. a) Plazo de conservación de la documentación respaldatoria del encargo
Con la resolución técnica 37 se extiende a 10 años el plazo de conservación de la documentación respaldatoria del encargo. Sobre este punto es interesante la opinión de Guillermo G. Español(3), quien señala que ello se debe a que el contrato de auditoría es un contrato de locación de obra y la prescripción de la responsabilidad por la obra se rige por el artículo 1646 del Código Civil. A esto agregaremos que los restantes servicios profesionales contemplados en la resolución técnica 37 también pueden clasificarse como locación de obra, de modo tal que a ellos también se extiende este nuevo plazo de conservación de la documentación respaldatoria.
Asimismo, se aclara en este capítulo de la resolución técnica 37 que los papeles de trabajo se pueden conservar en un soporte adecuado, de modo que se admiten los