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Trabajo agrario
Un empleado agrario se dio de alta con la condición 201 artículo 16 Ley Nº 26.476 y en el formulario 931 con esta condición no calcula RENATEA. ¿Es correcto o se debe cambiar al código a 110-Trab permanente prestación continua Ley Nº 26.727?
http://www.ele-ve.com.ar/Trabajo-agrario,40505.html