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Desregulación económica y cobro indirecto
Escribe: Cr. Daniel Amador
Escribe: Cra. Mirian Campastro, Contadora Pública Nacional
Y un día volvió Yarade
Escribe: Cr. Roberto Dib Ashur. Master en Economía y Senior Executive Felows (Harvard)
Escribe: Enrique Miguel Varela. Presidente de la Asociación Salteña de Tenis de Mesa
Escribe: Cra. Sandra Isola. Presidenta de la Asociación Salteña de Hockey
I. Recomendaciones 1
1. Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
Al contemplar el proyecto de ley en curso, como un atenuante, la existencia o no de un sistema interno de control eficiente sobre decisiones y movimientos de fondos, implica remisión a las reglas del Buen Gobierno Corporativo y a su vigencia en todas las sociedades. La regulación de la responsabilidad penal de las empresas resulta de suma importancia como elemento de lucha contra la corrupción y un incentivo hacia la formalización de los procesos societarios internos. Debe siempre cuidarse que las sanciones penales a aplicar a las empresas no contradigan el principio de continuidad de la empresa consagrado en general por el Código Civil y Comercial de la Nación, y en especial por la ley de sociedades y la ley de concursos y quiebras.
Yo, la humanidad, tengo miles de historias para contar. De tantas vidas y de tantas guerras. He aquí una de mis favoritas. Me acuerdo que, en los viejos tiempos, solía ser un gran cazador.
Escribe: Prof. Alicia Millán. Disertante en las VI Jornadas Nacionales de Prevención y Gestión de Conflictos
Escribe: Federico Kirschbaum – Lic. en Administración y artista plástico