27
Nuevas obligaciones para ACES, UTES y contratos asociativos no societarios
La Res. Gral. 3.573 establece para estos sujetos un régimen de registración de contratos y estados de situación o contables y un régimen de información sobre operaciones internacionales que realicen con sujetos del exterior. Asimismo, los partícipes de las citadas Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de empresas y demás contratos asociativos no societarios constituidos en el país, deberán cumplimentar un régimen de información sobre las importaciones de bienes efectuadas por los mismos, cuando tales bienes tengan como destino el aporte a dichos entes.
Las disposiciones comentadas resultarán de aplicación a partir del 3/1/2014. No obstante ello, se considerarán cumplimentadas en término aquellas obligaciones cuyos vencimientos se produzcan entre el 3 de enero de 2014 y el 31 de marzo de 2014, inclusive, siempre que se efectivicen hasta el 15 de abril de 2014, inclusive. Para el régimen de registración, en el caso de aquellos entes, constituidos y con ejercicio comercial anual cerrado, con anterioridad al 3/1/2014, el plazo se extiende hasta el 15/05/2014, inclusive.