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Secretaria Técnica – Normas de Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados
En el presente Boletín Electrónico se continúan informando los cambios que se aplicaran a partir del 01/01/2014, teniendo en cuenta la derogación de la Resolución Técnica Nº 7, después de 28 años de vigencia.
Análisis de las modificaciones introducidas por la nueva RT 37
Capítulo I – Introducción
De manera específica, la resolución técnica 37 incorpora normas que regulan servicios profesionales no previstos expresamente por la anterior resolución técnica 7. Tales normas se refieren a:
a) servicios de aseguramiento sobre información distinta de la auditoría y revisión de estados contables. (denominados por la resolución técnica 37 como “otros encargos de aseguramiento”);
b) servicios de procedimientos acordados; y c) servicios de compilación.
Los servicios indicados en los apartados primero y segundo anteriores no estaban previstos expresamente en la resolución técnica 7, aunque la doctrina consideraba que podrían encuadrarse dentro de la figura de los “informes especiales” contemplados por dicha resolución técnica.
Capítulo II – Normas comunes a los servicios de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados
Condición básica para el ejercicio profesional en los servicios previstos en la resolución técnica 37
La resolución técnica 37 mantiene las normas sobre presunciones de falta de independencia contenidas en la resolución técnica 7, las cuales se refieren a:
a) relación de dependencia;
b) parentesco;
c) propiedad y administración del ente cuya información fuera objeto del encargo profesional;
d) intereses significativos del ente cuya información fuera objeto del encargo profesional;
e) remuneración contingente o dependiente del resultado de la tarea o el resultado de los estados contables.
Pero