26
Tasa vial en la Prov. de Córdoba: Dictamen Técnico
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Córdoba dio a conocer la opinión de sus técnicos sobre la tasa vial provincial. Antecedentes normativos. Consideraciones. Coparticipación Federal de Impuestos y Coparticipación Vial. Importante antecedente de la Comisión Federal de Impuestos …
26
Feria Fiscal: efectos selectivos sobre fechas de vencimiento
Análisis esquemático del Régimen opcional de presentación y pago DDJJ de IVA, Ganancias y Mínima Presunta, con vencimiento original durante la Feria Fiscal de Enero de cada año (Res. Gral. 3414/2012-AFIP. BO 19/12/2012). Introducción. Aspectos salientes. ESQUEMA: Sujetos, Condiciones, Plazo de la opción, Particularidades del monto a ingresar y Vigencia. Procedimiento paso a paso: 1) Alta del servicio «Mis Aplicaciones Web», 2) Selección «Formulario 1239 – Opción Feria Fiscal» y 3) Ingreso del pago a cuenta. Consideraciones necesarias de cada concepto. EFECTOS en la DDJJ determinativa original a presentar en Febrero y cómputo del pago a cuenta …
26
FERIADOS NACIONALES OBLIGATORIOS Y DIAS NO LABORABLES 2012 Y 2013
Nuevo calendario de los días feriados nacionales obligatorios y no laborables, sus trasladados, excepciones y días religiosos, con los recientes incorporados: 31 de Enero y 20 de Febrero de 2013. Cuadro con fechas Dic. 2012 y Año 2013 y detalle de los siete fines de semana largos y su duración (3 a 6 días). Clearing bancario para las fiestas ante el Asueto de la administración pública el lunes 31/12/2012 (Dec. 2412/2012). Vencimientos Tributarios vrs. Feriados y Feria Fiscal …
FERIADOS NACIONALES OBLIGATORIOS Y DIAS NO LABORABLES 2012 Y 2013
26
Estados Contables preparados con NIIF – Fijación del Derecho de Certificación de firmas. R.G. Nº 2.129/12
Salta, 17 de Diciembre de 2012
VISTO:
La Resolución General Nº 843 del 20 de Diciembre de 1.993 que establece el Régimen de Derechos de Certificación de Firmas de este Consejo Profesional;
Lo dispuesto por el Artículo 24 de la Ley Nacional Nº 20.488, que autoriza a los Consejos Profesionales conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio a percibir derechos, entre los que se incluye el de Certificación de Firmas, situación que en la Provincia de Salta es homologada por el inciso e) del Artículo 85 de la Ley Nº 6.576;
Lo normado por el inciso k) del Artículo 3º de la Ley Nº 6.576, que establece que el Consejo Profesional para el cumplimiento de sus fines tendrá la atribución de fijar el monto de los Derechos de Certificaciones;
Lo establecido por el Artículo 46 de la Ley Nº 4.582, en igual sentido a lo antes expuesto; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar normas complementarias para los casos en que se tramita la legalización de informes de auditoría referidos a Estados Contables preparados de acuerdo con Normas Internacionales de Información Finan
Que debe tenerse en cuenta que los antes mencionados informes de auditoría, pueden estar referidos a Estados Contables de período completo, como a Estados Contables de periodo intermedio;
Que, adicionalmente a lo antes expuesto, se presentan casos de informes de auditoría para su legalización, referidos a un mismo comitente y a una misma fecha de cierre de periodo, emitidos por separado, correspondientes a Estados Contables consolidados y a Estados Contables individuales;
Que se ha efectuado un análisis
21
Servicio de Asesoramiento para los Profesionales Matriculados
Llamado a Inscripción de Interesados