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Secretaría Técnica – Discontinuación del ajuste por inflación contable en Entidades Mutuales y Cooperativas.
Res. N° 1539/06 INAES
Se recuerda la vigencia de la Res. 1539/06 INAES mediante la cual se reafirma la aplicación de las Normas de la Resoluciones Técnicas emanadas de la FACPCE respecto del contenido y forma de los estados contables.
Asimismo la citada Resolución establece la discontinuación en la aplicación de lo dispuesto en el Art. 3 de la Res. INAES N° 1424/03 la cual preveía que las mutuales y cooperativas debían acompañar en nota a los Estados Contables el Estado Contable Ajustado, siempre que el índice de Precios Internos al por Mayor (I.P.I.M) sea superior al ocho por ciento (8%), a los efectos de permitir la determinación del capital a mantener.
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