abril

06

La AFIP devuelve descuentos por Ganancias mal calculados


El error proviene de una incorrecta interpretación de la resolución de la AFIP de 2013 que determinó que para estar alcanzado por ese impuesto el trabajador debía haber tenido un sueldo bruto superior a $15.000 en algún mes entre enero y agosto de 2013. Importancia de las remuneraciones mensuales, normales y habituales

http://www.iprofesional.com/notas/209139-La-AFIP-devuelve-descuentos-por-Ganancias-mal-calculados

abril

06

Plan especial de facilidades de pago de la AFIP: 120 cuotas al 1,9 por ciento mensual


La AFIP oficializó un plan de facilidades de pago de hasta 120 cuotas, con una tasa mensual del 1,9% para deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. Para adherirse, los contribuyentes deben tener la misma cantidad de empleados declarados que en 31 de diciembre de 2014 y cumplir –en tiempo y forma- con las obligaciones “corrientes” posteriores al 28 de febrero

http://www.dialogofiscal.gob.ar/panoramaFiscal/pfprg.aspx

abril

06

La Justicia pone límites a las indemnizaciones sin Ganancias


La ley que regula el Impuesto a las Ganancias prevé que la indemnización es uno de los pocos rubros salariales exentos del pago del tributo. En los últimos años, sucesivas sentencias de la Corte Suprema eximieron también del gravamen ítems relacionados como el pago agravado por embarazo

 

http://www.iprofesional.com/notas/208834-La-Justicia-pone-lmites-a-las-indemnizaciones-sin-Ganancias

 

 

abril

06

Confirmado: lanzan nuevo plan de pagos para los monotributistas y deudas impositivas en general


En el régimen se podrán ingresar incumplimientos devengadas hasta el 28 de febrero pasado, hasta en 120 cuotas a una tasa de interés del 1,9% mensual. La fecha de presentación límite para adherirse será el 31 de mayo. El valor mínimo del pago por mes variará según la condición del contribuyente

http://www.iprofesional.com/notas/208705-Confirmado-lanzan-nuevo-plan-de-pagos-para-los-monotributistas-y-deudas-impositivas-en-general

marzo

27

Responsables inscriptos. Factura electrónica. Controlador Fiscal.

¿Como sería la facturación electrónica para responsables inscriptos que venden masivamente a consumidores finales con controlador fiscal a partir del 1º de julio de 2015?

 http://www.ele-ve.com.ar/Responsables-inscriptos-Factura-electronica-Controlador-Fiscal.html

marzo

27

Ganancias y Bienes Personales. Aplicativo.

¿Esta disponible el aplicativo para liquidar los impuestos a las ganancias y bienes personales de las personas físicas por el período fiscal 2014? El día 9 de marzo de 2015 se publicó en (…)

 http://www.ele-ve.com.ar/Ganancias-y-Bienes-Personales-Aplicativo.html


marzo

27

Controlador Fiscal. Ventas superiores a $ 1000.

Los topes de ventas de $ 1000 con tickets a consumidores finales y de $ 25.000 con tickets facturas «A», ¿fueron eliminados?

http://www.ele-ve.com.ar/Controlador-Fiscal-Ventas-superiores-a-1000.html


marzo

27

Responsables inscriptos. Confirmación o rectificación de los puntos de venta Les recordamos que los responsables inscriptos tienen tiempo hasta el 31/3/2015 para ingresar las novedades de altas, bajas y modificaciones de puntos de venta

marzo

27

La Justicia otorgó amparo a exportadores por reintegros de IVA


La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal otorgó un amparo a una empresa a la que la AFIP le negó reintegros aduaneros y de IVA ante alertas cambiaria

http://www.cronista.com/economiapolitica/La-Justicia-otorgo-amparo-a-exportadores-por-reintegros-de-IVA-20150326-0036.html

 

marzo

27

Tablas frecuentes Impositivas, Laborales y Auditoria. ACTUALIZADA MARZO 2015


Exclusiva elaboración y selección en cuatro páginas de tablas de uso más frecuentes en el ámbito impositivo, laboral, auditoría y tax planning. Consulta rápida y temática. Actualización conforme normas vigentes, referencia normativa y vínculo a artículo destacado de cada tema. INDICE: Monotributo: Categorización, montos, Factura Electrónica y Régimen de información; Retenciones: Ganancias, Falta constancia de Inscripción Monotributista y pago a Directores; Empleadores: Deducciones acumuladas de trabajadores en Ganancias, Topes de aportes y contribuciones y Servicio Doméstico; Autónomos; Mora en obligaciones tributarias: Intereses y Detalle Planes de Facilidades de pago; Régimen Penal Tributario: Mínimos punibles y delitos; Feria Fiscal: Período Invernal y Estival; Ganancias: Deducciones de personas físicas y de Tercera categoría, Limites compras o servicios de Monotributista, Alícuotas; IGMP: Mínimo exento y alícuota; Bienes Personales: Mínimo exento, Alícuota, Responsables sustitutos societarios y Régimen de Información de empleados de sus Bienes e Ingresos

Info. Gral. Tabla

 

marzo

27

Gobierno lanza nuevo plan para financiar impuestos atrasados hasta en tres años de plazo


En el flamante régimen se podrán ingresar deudas devengadas hasta el 28 de febrero pasado, en hasta 36 cuotas a una tasa de interés del 1,9% mensual. La fecha de presentación límite para adherirse será el 30 de abril próximo. Y el valor mínimo de la cuota debe ser de $150. Acceda a los detalles

http://www.iprofesional.com/notas/208542-Gobierno-lanza-nuevo-plan-para-financiar-impuestos-atrasados-hasta-en-tres-aos-de-plazo?page_y=0

marzo

27

GANANCIAS VERSION 16 PROBLEMAS Y SOLUCIONES Como no podía ser de otra manera la Versión 16 de aplicativo de Ganancias y Bienes Personales trajo algunos problemas y no funciona del todo bien, aunque hay que destacar que este año el aplicativo salió con tiempo suficiente como para no volvernos tan locos como el año pasado (ya me conformo cada vez con menos)

marzo

27

Corte: las quitas del concurso de acreedores no deben tributar IVA


El máximo tribunal ratificó ue «excluir del IVA a las quitas concursales afectaría la neutralidad del tributo», ya que esas reducciones de los pasivos «inciden en el valor agregado efectivamente obtenido» por cada parte del concurso

http://www.iprofesional.com/notas/208459-Corte-las-quitas-del-concurso-de-acreedores-no-deben-tributar-IVA

marzo

27

Fallo Corte Suprema. Efectos del Domicilio ante los gravámenes locales

Fallo y Dictamen Procuración completos «Bolsa de cereales de Buenos Aires c/ Bs. As provincia s/acción declarativa, CSJN, 16/12/2014».

* El distinto domicilio de una persona no puede ser un elemento diferenciado dentro de una categoría obligada al pago o a la recaudación de un tributo, ya que no reviste la característica determinante para establecer que por ese solo extremo integra un grupo diverso que debe ser sometido a regulaciones diferentes.

* No se advierte que la Bolsa de Cereales de Buenos Aires -que en su condición de entidad registradora de las operaciones de compraventa de cereales y oleaginosas recauda el impuesto de sellos provincial en su sede social ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el año 1978- se encuentre en una situación diferente que las restantes entidades incluidas en la categoría que cumplen la misma función de registración y recaudación, desde que la discriminación establecida en el régimen cuestionado en función del domicilio de las sedes sociales de aquéllas, no constituye una pauta razonable que autorice a ubicarlas en grupos distintos que, a los efectos impositivos, permita la fijación de alícuotas diferenciales

Info. Gral. Fallo

marzo

27

AFIP podrá impugnar gastos en Ganancias


Hay una consecuencia, que tal vez el fisco no haya buscado explícitamente, pero que seguramente habrá que tener en cuenta a partir de la generalización de la factura electrónica.  Si se constatara que los proveedores no hubieran actuado como agentes de retención, podrá activar lo previsto por el artículo 40 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (LIG), que prevé la posibilidad de impugnación de los gastos sobre los que no se hubiera actuado como agente de retención. Hay un antecedente de importancia del año pasado, a partir de un Dictamen de la procuradora Laura Monti en la causa San Juan SA

http://www.cronista.com/columnistas/AFIP-podra-impugnar-gastos-en-Ganancias-20150319-0043.html