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Dictamen de Asesoría Técnica 51/2011. Impuesto al cheque. Consorcio de propietarios. Alícuota. Reducción. Improcedencia
El fisco determina que el consorcio de propietarios inscripto como empleador, sujeto no alcanzado por el Impuesto a las Ganancias y que no desarrolla actividad alguna gravada por el Impuesto al Valor Agregado corresponderá que tribute el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, a la tasa general del impuesto del seis por mil. …