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Salta – Resolución General DGR 6/2014. Entidades Administradoras de Tarjetas de Crédito. Alícuota de Retención. Modificación.
En Boletín Oficial del 10/01/2014 se ha publicado la RG (DGR Salta) nº 6/2014, a través de la cual se modifica la alícuota de retención para entidades que administran tarjetas de crédito (RG 33/2003), fijándose la misma en:
Contribuyentes jurisdiccionales: Alícuota general vigente
Contribuyentes de Convenio Multilateral:Alícuota general vigente sobre 50% de la base imponible
Sujetos no inscriptos:Triple de la alícuota general vigente
Debe recordarse que, a partir del periodo 2014, la alícuota general ha sido fijada en el 3,6%.
Vigencia: A PARTIR DEL 01-02-2014
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Salta – Resolución General DGR 5/2014. Impuesto a las Actividades Económicas. Agentes de Percepción. Nuevas Alícuotas
En Boletín Oficial del 10/01/2014 se ha publicado la RG (DGR Salta) nº 5/2014, a través de la cualse INCREMENTA la alícuota aplicable para las percepciones del Impuesto a las Actividades Económicas (Ingresos Brutos), debiéndose aplicar, a partir del 01/02/2014, la alícuota general del 3,6%.
De esta manera, se deberán aplicar las siguientes alícuotas:
Clientes jurisdiccionales de Salta:3,6 %
Clientes de Convenio Multilateral con jurisdicción Salta:1,8 %
Clientes jurisdiccionales que no acrediten su condición de inscriptos en DGR Salta y en ninguna otra jurisdicción: 10.80% (el triple de la vigente). No corresponderá efectuar percepción cuando el sujeto acredite su inscripción como contribuyente de otra jurisdicción.
Contribuyentes de Convenio Multilateral del régimen general, cuando el domicilio del comprador se encuentre fuera de la Pcia de Salta, y la entrega de los bienes se realice fuera de Salta, y en tanto el comprador tenga incorporada la jurisdicción Salta en el CM01, la percepción de Impuesto a las Actividades Económicas se calculará sobre la base que resulte de aplicar el coeficiente unificado declarado para Salta en el último CMo5 vencido a la fecha de la operación, sobre el monto de la factura.
También se introducen modificaciones en las alícuotas aplicables y los montos mínimos para las actividades: Mercados y predios feriales (Anexo II), Producción y Comercialización de combustibles (Anexo III) y Juegos de Azar (Anexo IV)
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Salta – Resolución General DGR 4/2014. Impuesto de Sellos. DDJJ. Agentes de Retención. Fechas de vencimiento de las presentaciones y pago.
En Boletín Oficial del 10/01/2014 se ha publicado la RG (DGR Salta) nº 4/2014, a través de la cual se modifica el Anexo VII de la RG 37/2013, fijándose nuevas fechas de vencimiento para los agentes de retención del Impuesto de Sellos
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Salta – Resolución General DGR 3/2014. Actividades Económicas. Régimen de Recaudación sobre acreditaciones bancarias. Nómina de Sujetos Pasibles de Retención.
En Boletín Oficial del 09/01/2014 se ha publicado la RG (DGR Salta) nº 3/2014, a través de la cual se establecen introducen modificaciones al régimen de recaudación bancaria previsto por RG 6/2010, modificándose no solo la fecha de información a las entidades financieras de la nómina de contribuyentes alcanzados, sino también, las alícuotas a ser aplicadas.