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Empleados de Comercio: cómo liquidamos los sueldos de Junio 2020 con salario complementario y suspensiones Art 223 bis LCT La Federación de Empleados de Comercio (Faecys) y las cámaras de comercio no lograron cerrar un nuevo acuerdo, por lo tanto, la liquidación de junio será similar a la liquidación del mes pasado más la primera cuota del aguinaldo. Caso práctico. 💻 Calculadora on line de salario empleados de Comercio

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«Telegramas Laborales»: nuevo servicio de comunicaciones laborales enviadas a la AFIP Se podrá utilizar el servicio denominado «Telegramas Laborales» disponible en el sitio web de AFIP al cual se accederá con clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, o a través del acceso al «home banking». Ello en el marco de la Ley 24.013 que en su art. 11 establece que las indemnizaciones (por falta de registración de la relación laboral, fecha de ingreso posterior o de remuneración menor) procederán cuando el trabajador o asociación sindical que lo represente cumplimente en forma fehaciente la intimación al empleador a fin de que regularice la relación laboral y remita a la AFIP copia de dicho requerimiento. Para mayor información consulte el texto completo de la Res. Gral. AFIP 4747/2020

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Dictamen DAT 13/17. Dirección General Impositiva. Dirección de Asesoría Técnica. Impuesto a las ganancias. Reorganización de sociedades. Fusión por absorción. Empresas de un mismo conjunto económico….

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Decisión Admimistrativa 1133/2020. JGM. Salarios. Contribuciones. Subsidios. COVID-19. JUNIO 2020. Requisitos. Activ críticas. Zonas ASPO o DISPO Se extienden limitadamente los beneficios por parte del “Comité de Evaluación y Monitoreo” del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” a causa del “Coronavirus COVID-19”. Acta 15. Informe técnico (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020, 332/2020 y modif ) EXTENSIÓN BENEFICIOS PROGRAMA ATP Mes: Junio 2020 (devengado) Salario base: Abril 2020 (devengado) Contribuciones SIPA: reducción o postergación Caída sustancial de ventas: mayo año 2020 vrs 2019 suba hasta 5% ‍♂‍ Personal incluido ✔ : hasta el 24/06/2020 y pluriempleo. ‍♂‍ Personal excluido ❌: salario bruto más de $ 140 mil. Restricciones patrimoniales : continuidad SALARIO COMPLEMENTARIO y CONTRIBUCIONES SIPA I. Actividades críticas: Turismo, Viajes, Salud, Espectáculos y Asociaciones, Alojamientos, Filmes ‍♂‍ Ambito o cantidad de empleados: todos Monto: 50% del 83% Salario bruto=$ 16.875 a $ 33.750 (o menor que perciba) Contribuciones SIPA: reducción 95% II. Actividad principal: listado ATP Ambito: ASPO (AMBA, San Fernando-CHACO-, Bariloche y General Roca-RN-, Rawson-CHUBUT- y ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano-CÓRDOBA-) Monto: 50% del 83% Salario bruto= desde $ 16.875 a $ 33.750 (o menor que perciba) Contribuciones SIPA: postergación pago 60 días III. Actividad principal: listado ATP Ambito: DISPO (Distanc Social Prev Oblig) Monto: $ 16.875 (o menor que perciba) Contribuciones SIPA: postergación pago 60 días Salario Complementario. Mayo 2020 Sujetos: Empresas inicio Enero a Abril 2019 Caída sustancial de ventas: Abril 2020 vrs Dic 2019 CRÉDITO TASA CERO ‍ Sujetos: factibilidad de ampliar beneficiarios Solicitud. Plazo: 31/07/2020 Vigencia: 25/06/2020

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Decreto 576/2020. COVID-19. Distanciamiento o Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. Prórroga VII Se dispone un nuevo marco normativo en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 459/2020, 493/2020 y 520/2020) DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (DISPO) Jurisdicciones: Todas las provincias, excepto Chaco, AMBA y departamentos de Río Negro, Buenos Aires y Neuquén. ‍♀‍ Circulación LIBRE: departamento o partido donde residan Excepción. Fuera límites: Certificado Único Habilitante COVID-19 ‍♂‍ Reglas: distancia min 2 mts, tapabocas, higienización, desinfección y protocolos Actividades económicas. Requisito: protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial y 1 persona cada 2,25 mts ‍‍‍ Actividades deportivas, artísticas y Sociales: concurrencia hasta 10 personas Prohibición: clases presenciales, eventos y deportes mayor a 10 personas, Espectáculos, Transporte y Turismo AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (ASPO) Jurisdicciones: AMBA y Departamentos de Buenos Aires (35), Chaco (todos), Río Negro (Grtal Roca) y aglomerado del Neuquén. ‍‍‍ Sujetos. Prohibición de circulación: personas que habitan en el país temporariamente Sector público nacional No concurrencia lugares de trabajo: excepto actividad esencial, mayores o cuidad de niños. Listado. Teletrabajo: obligatorio (cuando sea posible) Extranjeros. Ingreso al país: prohibición Prohibición: clases presenciales, Centros comerciales, Transporte, Espectáculos y Turismo. Excepciones Pre pago Telefonía móvil e Internet: prohibición corte por mora o falta de pago Vigencia: 01 al 17/07/2020

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Decreto 569/2020. AFIP. Deudas. Moratoria. Plan de pagos. MiPyME y Entidades. Adhesión. Plazo. Prórroga II Se dispone una nueva postergación de 31 días, de determinados plazos de la Moratoria y Plan de pagos en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020, y 316/2019, Ley 24.977 y Res Grales 4.309 y modif) 📃 Régimen: Regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social (Ley 27.541 y Res Gral 4667/2020) SUJETOS (sin cambios) 🏭 1. MiPyME con “Certificado MiPyME” vigente (SePyME) -incluye a Monotributsitas y determinados Autónomos- 🏥 2. Entidades civiles sin fines de lucro: Asociaciones, Fundaciones, Cooperativas, Mutuales y otras 📆 Adhesión. Nuevo plazo: hasta 31/07/2020 (ant 30/06/2020) 📆 Planes Julio 2020. 1er cuota . Vto: 18/08/2020 📅 Vigencia: 28/06/2020

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Resolución Conjunta MTESS. MMGD 3/2020.. Laboral. COVID-19. Cuidado de niños, personas discapacidad o adultos. Licencia. Horarios. Derechos Se disponen diversas consideraciones laborales en relación a determinados empleados cuya presencia en el hogar resulte indispensable en el marco del aislamiento social preventivo obligatorio a causa del «Corona virus COVID-19» (Dec 297/2020, 459/2020, 493/2020 y 520/2020) LICENCIA 👷‍♂‍ Sujetos: empleados en relación de dependencia (1 por hogar) 👶 Condición: cuidado indispensable de niños menores 6 años. ADECUACIÓN HORARIA 👷‍♂‍ Sujetos: empleados en relación de dependencia. 🕑 Horario: compatible con tareas cuidado o hasta dos interrupciones. 👦👴 Condición: cuidado de 1) niños 6 a 12 año, 2) personas con discapacidad o 3) adultos mayores dependientes. 🏭🏠 Modalidad laboral: presencial o remota. 👨 Varones: participación en tareas de cuidado. 📵 Derecho a la desconexión digital. 📅 Vigencia: sin publicación BO Trascendió que no tendría vigencia y sería anulada: https://www.ambito.com/politica/cuarentena/licencias-pagas-empleados-personas-cargo-otro-no-anuncio-oficial-n5112762

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Resolución INAES 358/20. Cooperativas y mutuales. Coronavirus (COVID-19). Reuniones a distancia de los órganos de gobierno….

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Resolución INAES 357/20. Cooperativas y mutuales. Solicitud de autorización para funcionar. Reforma del estatuto e inscripción de reglamento. Documentación a presentar. Res. I.N.A.E.S. 2.362/19 y 1.862/19. Certificación de firmas….

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Resolución General CNV 846/20. Normas de la Comisión Nacional de Valores. Nuevo texto 2013. Título XVIII. Capítulo X. Agentes de calificación de riesgos. Res. Gral. C.N.V. 622/13 (60). Su modificación….

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Resolución General AFIP 4748/2020. AFIP. Monotributo. Autónomos. COVID-19. Crédito Tasa 0. Solicitud. Re apertura Se extiende el plazo en la solicitud del beneficio “Crédito tasa 0” para sujetos Monotributistas y Autónomos y el período a imputar de la obligación fiscal del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 332/2020 y 4707/2020 y Dec Adm 1133/2020) 🏦 Crédito a tasa 0 👩‍💼 👨‍🔧 Beneficiarios: Autónomos y Monotributistas 💻 Solicitud. Nuevo plazo: hasta el 31/07/2020 (ant 30/06/2020) 💰 Obligaciones fiscales. Pago por entidad bancaria: nuevo mes 📌 Monotributistas. Agosto 2020: Sept a Nov 2020 📌 Autónomos. Agosto 2020: Ago a Oct 2020 📅 Vigencia: 29/06/2020

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Resolución General AFIP 4746/2020.. Salarios. COVID-19. Seguridad Social. Contribuciones. JUNIO 2020. Registro ATP. Reapertura Se dispone la reapertura del Registro “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” a los fines de solicitar los beneficios económicos y previsionales para un nuevo mes , a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 297/2020, 332/2020 y modif., Res Gral 4693/2020, 4698/2020 y Dec Adm 1133/2020) 🏭 Sujetos: todos los contribuyentes empleadores 📝 Condición: que soliciten beneficios Dec 332/2020 (postergación o reducción de contribuciones SIPA y salarios complementarios) 📆 Salarios y Contribuciones. Período: Junio 2020 (devengado) 🔑 Servicio: “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” (ATP) 💻 📆 Solicitud. Plazo: 26/06/2020 al 03/07/2020 📅 Vigencia: 25/06/2020

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Resolución General AFIP 4745/2020. Sistema registral. COVID-19. Datos biométricos. Requisitos. Suspensión II Se prorroga la eximición de requisitos a los fines de realizar determinados actos administrativos ante la AFIP, a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020, 355/2020 y Res Gral 2811 y modif y 4699/2020) 💻🔑 Trámites eximidos: transacciones digitales con requisito de datos biométricos 📆 Plazo. Nueva finalización: 17/04/2020 al 31/07/2020 (ant al 30/06/2020) 📅 Vigencia: 27/06/2020

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Resolución General AFIP 4744/2020. AFIP. Deudas. Plan de pagos permanente. Beneficios adicionales. Vigencia. Prórroga Se prorrogan determinados beneficios diferenciales de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras a regularizar (Res. Gral. 4268/2018 y modif.) 📝 Plan: “Régimen de facilidades de pago permanente” . 📆 Cantidad de cuotas y máxima de planes. Tope intereses: 31/07/2020 (ant al 30/06/2020) 📅 Vigencia: 27/07/2020

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Nota presentada ante la Sra. Administradora Federal de Ingresos Públicos, Lic. Mercedes Marcó del Pont, en relación a la RG 4.717 y sus modif. – Precios de Transferencia. Declaración jurada complementaria, para su conocimiento.