04
Impuesto a las ganancias. Quebrantos
Impuesto a las ganancias. Quebrantos |
Una persona física que tuvo quebrando en la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2010, ¿en cuántos años siguientes lo puedo computar? ¿En qué ítem de la declaración jurada se debe incluir?
http://www.ele-ve.com.ar/Impuesto-a-las-ganancias-Quebrantos.html
04
Impuesto sobre los bienes personales. Valuación de inmuebles
¿Para el cálculo del impuesto sobre los bienes personales en el caso de los inmuebles, se debe tomar la valuación fiscal o la base imponible del impuesto inmobiliario (que es 65% de la valuación fiscal)? ¿Qué normativa lo dispone?
http://www.ele-ve.com.ar/Impuesto-sobre-los-bienes-personales-Valuacion-de-inmuebles.html
04
Remitos. Sanción
¿Qué sanción corresponde si se verifica que una mercadería es transportada sin el remito correspondiente?
04
CITI Compras
¿Todos los contribuyentes deben cumplir con el régimen de información del CITI Compras?
http://www.ele-ve.com.ar/CITI-Compras.html
04
Compensación
Un contribuyente, persona física, tiene saldo a favor en la declaración jurada del impuesto a las ganancias 2011 presentada hoy y cuyo vencimiento se produce el próximo mes de abril. Al mismo tiempo tiene una intimación del anticipo 5, que no pagó. ¿Se puede cancelar la deuda de intereses de los anticipos con el formulario F. 798 compensando con saldo de la declaración jurada, ya que el sistema de cuentas tributaria no exterioriza el saldo de libre disponibilidad y por lo tanto no permite hacerlo utilizando la opción “transacciones”?
04
Dictamen de Asesoría Técnica 12/2011-IVA. Inmuebles. Inversiones. Cambio de destino. Venta
El fisco determina que se encuentra alcanzado con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), la venta de un inmueble adquirido con la intención de alquilarlo al concluir unas reformas sobre el mismo, pero al finalizarlas se recibe una propuesta de compra y se decide venderlo, destacando el tratamiento auque la entidad no incluya la compra venta de inmuebles en su objeto social …